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TEMA 2 (IX) TEMARIO RENFE OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO N2

TEMA 2 TEMARIO RENFE OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO N2 (IX)
Tema 2 del Temario de las Oposiciones de RENFE para Operadores Comerciales de Ingreso N2, dedicado al INFORME ANUAL DEL AÑO 2019, Informe de Responsabilidad Social y Gobierno Corporativo de dicho año. Seguimos con las Principales Oficinas y Talleres del Grupo Renfe, y con la primera parte del Entorno Competitivo de la empresa.

Puedes acceder al ÍNDICE DEL TEMA 2, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA o estudiar desde el principio el TEMARIO PARA OPERADORES COMERCIALES DE RENFE.


TEMA 2. INFORME ANUAL 2019


2.1. GRUPO RENFE

D) Principales oficinas y talleres del Grupo Renfe (6)

Entorno ferroviario

Entorno Competitivo del Grupo Renfe (1)

Se entiende como entorno competitivo el conjunto de factores que afectan principalmente a las empresas que se sitúan en una misma industria o un mismo sector económico.

Empresa y mercado son conceptos que van íntimamente relacionados. Es necesario conocer a nuestros competidores dentro del mismo entorno específico para definir las actuaciones de la empresa y sus estrategias de mercado, y ampliar y/o mejorar los servicios y productos ofertados. Las empresas que compitan con Renfe serán las que, con independencia de la industria de la que procedan, cubran las mismas funciones para el mismo grupo o tipo de clientes.

Y hay que tener en cuenta que la competencia en el sector español de transporte es mayor que en la de la mayoría de los países de nuestro entorno.

Dejando a un lado la futura liberalización del transporte ferroviario, los medios de transporte con lo que compite el Grupo Renfe son los siguientes:

  • Transporte por carretera: En cuanto al transporte de viajeros, la movilidad por carretera es el medio más utilizado por los viajeros españoles para desplazarse, con una gran diferencia con el resto de los medios de transporte. Nuestro país dispone de la segunda red de carreteras de alta capacidad más extensa del mundo siendo, además, la mayoría de ellas gratuitas. Todo ello conlleva a que para el sector del ferrocarril suponga una gran competencia tanto el transporte terrestre de viajeros -tanto en automóvil como en autobús-, como el transporte de mercancías en camiones.
  • Transporte aéreo: El tráfico aéreo de pasajeros -y en menor medida el de mercancías- ha experimentado un espectacular incremento en los últimos años en nuestro país. La amplia red de aeropuertos españoles, la mayoría en importantes áreas metropolitanas -muy cerca de los centros urbanos de las mismas-, ofrecen una cobertura óptima para el transporte por avión. Hay que destacar la creciente incorporación de nuevos operadores aéreos, muchos de ellos con paquetes y ofertas muy competitivas de las “aerolíneas de bajo coste”. También hay que señalar a este respecto, las subvenciones o contribuciones económicas estatales para aumentar la oferta de vuelos muy económicos.
  • Transporte marítimo: Asimismo, nuestro país dispone también de una amplia red de puertos que, sobre todo en lo referente al transporte marítimo de mercancías, le convierte en otro importante competidor en el sector del transporte.





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TEMA 2 (VIII) TEMARIO RENFE OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO N2

TEMA 2 TEMARIO RENFE OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO N2 (VIII)
Continuamos con el Tema 2 del Temario de las Oposiciones de RENFE para Operadores Comerciales de Ingreso N2, dedicado al INFORME ANUAL DEL AÑO 2019, Informe de Responsabilidad Social y Gobierno Corporativo de dicho año. Continuamos con las Principales Oficinas y Talleres del Grupo Renfe, y con la segunda parte del Entorno Regulatorio de la empresa.

Puedes acceder al ÍNDICE DEL TEMA 2, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA o estudiar desde el principio el TEMARIO PARA OPERADORES COMERCIALES DE RENFE.


TEMA 2. INFORME ANUAL 2019


2.1. GRUPO RENFE

D) Principales oficinas y talleres del Grupo Renfe (5)

Entorno ferroviario

Entorno Regulatorio del Grupo Renfe (2)

Pues ver aquí el Entorno Regulatorio de Renfe desde el principio.

Pero hay determinados servicios que no se verán afectados por los cambios establecidos para diciembre de 2020. Se trata de los servicios sometidos a OSP (Obligación de Servicio Público): Cercanías, Media Distancia y AVANT. No obstante, la normativa europea permite a los Estados miembros optar para que los servicios OSP no sean licitados forzosamente hasta el año 2023 (período con la posibilidad de ser ampliado si existe un contrato en vigencia en ese momento). La normativa del Real Decreto-ley 23/2018 deja cubierta a Renfe para la prestación de dichos servicios hasta el fin del contrato firmado previamente con la Administración General del Estado (AGE), al tiempo que fija las bases jurídicas a las que tendrán que adaptarse las empresas que supongan la futura competencia de Renfe, exigiendo a las mismas total transparencia.

Ampliando y contemplando la legislación española al respecto, la Ley del Sector Ferroviario (Ley 38/2015, de 29 de septiembre), ha sido desarrollada con la entrada en vigor del REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2017/2177 DE LA COMISIÓN de 22 de noviembre de 2017, relativo al acceso a las instalaciones de servicio y a los servicios ferroviarios conexos (1).

Con el fin de regular la entrada de los futuros operadores en los servicios comerciales de viajeros a partir del 14 de diciembre de 2020, ADIF ha establecido, durante el año 2019, unos acuerdos marco de capacidad que comprenden 3 ejes/corredores:

  • Madrid-Barcelona-Frontera Francesa.
  • Madrid-Toledo-Sevilla-Málaga.
  • Madrid-Levante (Valencia y Alicante)

Y, a su vez, cada eje/corredor establece una oferta de capacidad ordenada en tres paquetes, A, B y C. Cada uno de estos paquetes contempla unas franjas horarias de capacidad, establecidas en base a: las demandas de los candidatos a la adjudicación, la optimización de la rotación de sus trenes, y la optimización de la infraestructura.

Los paquetes fueron adjudicados por ADIF del siguiente modo:

Paquete A: Renfe Viajeros

Operará con 96 trenes AVE y ocupará un 86% de media de la capacidad ofertada para este paquete en el conjunto de los tres corredores, entre finales de 2020 y finales de 2030, gracias a lo cual aumenta su oferta actual en un 20%.

Paquete B: ILSA: Air Nostrum (55%) y Trenitalia (45%)

Operará con 23 trenes Frecciarossa 1000 y ocupará el 70% de media de la capacidad ofertada para este paquete en el conjunto de los tres corredores. Su entrada está prevista para enero de 2022, tras la homologación del material en nuestro país.

Paquete C: RIELSFERA: SNCF (100%)

Operará con 10 trenes Alstom Dúplex (dos plantas), ya homologados en España, y ocupará el 100% de la capacidad ofertada para este paquete en el conjunto de los tres corredores. Su entrada está prevista para diciembre de 2020.

Esta apertura del tráfico en nuestro país supondrá un aumento de la capacidad ofertada del 50% en la relación Madrid-Barcelona, del 60% en la Madrid-Sur, y del 40% en la Madrid-Levante.

(1) REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2017/2177 DE LA COMISIÓN de 22 de noviembre de 2017, relativo al acceso a las instalaciones de servicio y a los servicios ferroviarios conexos.






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TEMA 2 (VII) TEMARIO RENFE OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO N2

TEMA 2 TEMARIO RENFE OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO N2 (VII)
Seguimos publicando el Tema 2 del Temario de las Oposiciones de RENFE para Operadores Comerciales de Ingreso N2, dedicado al INFORME ANUAL DEL AÑO 2019, Informe de Responsabilidad Social y Gobierno Corporativo de dicho año. Continuamos con las Principales Oficinas y Talleres del Grupo Renfe, concretamente con el Entorno Regulatorio de la empresa.

Puedes acceder al ÍNDICE DEL TEMA 2, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA o estudiar desde el principio el TEMARIO PARA OPERADORES COMERCIALES DE RENFE.


TEMA 2. INFORME ANUAL 2019


2.1. GRUPO RENFE

D) Principales oficinas y talleres del Grupo Renfe (4)

Entorno ferroviario

Entorno Regulatorio del Grupo Renfe

El “entorno regulatorio” de una empresa es el conjunto de reglas o normas dictadas por el Estado, y que pueden incidir directa o indirectamente en el funcionamiento de dicha empresa.

En el año 2016, el Parlamento Europeo aprobó un conjunto de Directivas y Reglamentos que conforman el denominado Cuarto Paquete Ferroviario, el cual implicó cambios trascendentales en la regulación ferroviaria española vigente y la iniciativa legal más compleja presentada hasta ese año.

El Cuarto Paquete se divide en dos pilares -pilar técnico y pilar político-, que introducen reformas importantes para todos los grupos de interés afectados.

a) Pilar Técnico: Fue el primer pilar en aprobarse (abril de 2016), y está enfocado en facilitar y promover el acceso de las empresas a los mercados del ferrocarril. Contempla la homologación de los procedimientos ferroviarios y regula la seguridad, interoperabilidad y el rol de la Agencia Europea Ferroviaria de la Unión Europea (ERA)(1) que, como entidad responsable de la emisión de homologaciones, autorizaciones o permisos, y certificados de seguridad para material rodante y operadores, se constituye en ventanilla única en favor de la transparencia, la operatividad y la agilidad de los procedimientos.

b) Pilar Político o de Mercado: También denominado Pilar de Gobernanza, fue aprobado por el Parlamento Europeo el 14 de diciembre de 2016. El objetivo principal es el de impulsar el trasporte ferroviario de viajeros, incitando a los operadores ferroviarios a enfocarse en las necesidades de los clientes, mejorar la calidad del servicio ofrecido y la eficiencia económica del sistema. La aprobación de este pilar deriva en la también aprobación del grupo de disposiciones legales que forman parte del Cuarto Paquete Ferroviario, y que ha tenido como resultado la elaboración y posterior aprobación de 6 grandes propuestas para mejorar -dentro de la Unión Europea-tanto la eficacia como la competitividad del ferrocarril. Se pretende suprimir todo obstáculo actual, ya sea de clase legal, técnica o institucional.

Y la legislación de nuestro país ya se ha puesto las pilas para alcanzar esta liberalización explícita en el Cuarto Paquete. El Real Decreto-ley 23/2018 (2), aprobado por el Consejo de Ministros, ha modificado la Ley 38/2015, del Sector Ferroviario (3), que fija diciembre de 2020 como el mes de incorporación de nuevas empresas ferroviarias de transporte de viajeros en los servicios de larga distancia y alta velocidad.

¿Y qué requisitos deben cumplir dichas empresas para poder competir con Renfe? Pues tendrás que disponer de la licencia de empresa ferroviaria y del certificado de seguridad (otorgados por la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria), y haber solicitado el uso de la infraestructura ferroviaria al administrador de infraestructuras.

  • (1) La Agencia Ferroviaria de la Unión Europea (ERA) es una agencia de la Unión Europea (UE) que vela por la seguridad y la interoperabilidad ferroviaria entre los Estados miembros de la Unión. Tiene la misión de contribuir al funcionamiento pleno de un único espacio ferroviario europeo, sin fronteras. (Wikipedia: Agencia Ferroviaria de la Unión Europea)
  • (2) Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre, de transposición de directivas en materia de marcas, transporte ferroviario y viajes combinados y servicios de viaje vinculados.
  • (3) Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario.






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TEMA 2 (VI) TEMARIO RENFE OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO N2

TEMA 2 TEMARIO RENFE OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO N2 (VI)
Continuamos con el Tema 2 del Temario de las Oposiciones de RENFE para Operadores Comerciales de Ingreso N2, dedicado al INFORME ANUAL DEL AÑO 2019, Informe de Responsabilidad Social y Gobierno Corporativo de dicho año. Seguimos estdiando con las Principales Oficinas y Talleres del Grupo Renfe.

Puedes acceder al ÍNDICE DEL TEMA 2, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA o estudiar desde el principio el TEMARIO PARA OPERADORES COMERCIALES DE RENFE.


TEMA 2. INFORME ANUAL 2019


2.1. GRUPO RENFE


D) Principales oficinas y talleres del Grupo Renfe (3)

Renfe Fabricación y Mantenimiento Sociedad Mercantil Estatal S.A.

Renfe Fabricación y Mantenimiento es el área industrial y de ingeniería de Renfe. Esta sociedad está especializada en la transformación de material rodante, en la reparación de componentes ferroviarios. Participa en los procesos de fabricación de trenes y realizamos las funciones de consultoría de ingeniería y gestión de instalaciones y el diseño de talleres. Su actividad se basa en tres principios: calidad, sostenibilidad y seguridad.

Ante la próxima liberalización del transporte de viajeros por ferrocarril, esta sociedad ha elaborado un procedimiento de gestión para obtener el acceso a las instalaciones de mantenimiento y prestación de servicios ferroviarios a los nuevos operadores entrantes. La información al respecto puede consultarse en www.renfe.com, en el apartado “Fabricación y Mantenimiento”, en donde se puede ver y consultar la relación de instalaciones de servicio, clasificadas en función de la actividad que realizan. En las condiciones de acceso y prestación de servicios, ofrece información -en PDF- sobre: Solicitud de servicios, Catálogo de servicios, Precios de servicios y el Formulario de acceso para la solicitud.

Para la prestación de los servicios de mantenimiento de material rodante, dichos servicios se suministrarán directamente a través de Renfe Fabricación y Mantenimiento (con sus medios) o en régimen de autosuministro, lo que implica que las empresas entrantes puedan realizar por sí mismas, o a través de sus proveedores de servicios (industria privada), las tareas de mantenimiento concertadas. También se contempla, para algunas series, la posibilidad la aplicación de ambas formas de mantenimiento: interno y externo.


Entidad Encargada de Mantenimiento (EEM):

De acuerdo con el Reglamento 445/2011, las entidades encargadas de mantenimiento de vagones han de disponer de una certificación. Antes de su empleo en la red ferroviaria (es decir, de poder circular), cada vehículo deberá contar con una entidad encargada del mantenimiento (EEM) asignada al mismo.

La EEM deberá garantizar, mediante su sistema de mantenimiento, que el vehículo está en condiciones de funcionar de manera segura cumpliendo plenamente su plan de mantenimiento.

Sus funciones son las siguientes:

  • -Función de Gestión del Mantenimiento:Responsabilidad sobre las condiciones técnicas y de la seguridad del vehículo, velando porque los vagones de mercancías estén en condiciones de funcionar de manera segura en el sistema ferroviario.
  • -Función de Desarrollo del Mantenimiento:Consiste en gestionar toda la documentación del mantenimiento.
  • -Función de Gestión del mantenimiento de la flota:Consistente en gestionar la retirada de los vagones para realizar su mantenimiento y su retorno al servicio ferroviario tras el mantenimiento. Conlleva la planificación, programación y certificación de intervenciones.
  • -Función de Ejecución del mantenimiento:Mantenimiento técnico requerido sobre el vehículo y sus componentes, así como la expedición de la documentación relativa a la aptitud para el servicio..

La dimensión de Renfe Fabricación y Mantenimiento Sociedad Mercantil Estatal S.A. se aprecia en los datos siguientes:

  • 3.163 empleados (a 31 de diciembre de 2019).
  • -4,4 EBITDA Resultado bruto de explotación (millones de euros). Pendiente cierre provisional.
  • 23,4 inversión (millones de euros).
  • 106 Bases de Mantenimiento.
  • 138 grandes intervenciones de mantenimiento cíclicas.
  • 168 intervenciones de mantenimiento pesado.
  • 97 locomotoras de Viajeros mantenidas.
  • 184 locomotoras de Mercancías mantenidas.
  • 603 trenes autopropulsados mantenidos.
  • 11.876 vagones mantenidos.

Renfe Alquiler de Material Ferroviario Sociedad Mercantil Estatal S.A.

Renfe Alquiler de Material Ferroviario (“Renfe Alquiler”), tal y como su nombre indica, es la empresa del Grupo dedicada a la prestación de los servicios ferroviarios de venta, alquiler y/ o cualquier otra forma de puesta a disposición del material rodante del que es titular así como de sus instalaciones, y de la gestión y explotación de material rodante de terceros.

  • 6 Empleados (a 31 de diciembre de 2019).
  • 8,4 EBITDA Resultado bruto de explotación (millones de euros).
  • 16,31 Inversión (millones de euros).
  • 98 locomotoras de mercancías.
  • 2.239 vagones para el transporte de mercancías.
  • 31 trenes de viajeros de Media Distancia.

Renfe of America Sociedad Mercantil Estatal S.A.

La constitución de Renfe of America forma parte del Plan Estratégico de Renfe 2019-2023, en el que se estipula uno de sus principales objetivos: la internacionalización de la empresa con el objetivo de aumentar progresivamente su volumen de negocio fuera de España.

A lo largo del año 2019, Renfe ha formalizado la constitución de “Renfe of América”, sociedad filial de Renfe en los Estados Unidos de Améria. La dirección de esta sociedad corresponderá a Manual Villalante, Director General de Desarrollo y Estrategia de Renfe.

Renfe fue seleccionada a finales de 2018 como socio estratégico del proyecto Texas Central que prevé la construcción del AVE destinado a unir Houston y Dallas.






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TEMA 2 (V) TEMARIO RENFE OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO N2

TEMA 2 TEMARIO RENFE OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO N2 (V)
Seguimos publicando el Tema 2 del Temario de las Oposiciones de RENFE para Operadores Comerciales de Ingreso N2, dedicado al INFORME ANUAL DEL AÑO 2019, Informe de Responsabilidad Social y Gobierno Corporativo de dicho año. Continuamos con las Principales Oficinas y Talleres del Grupo Renfe (que abarca varias de entradas).

Puedes acceder al ÍNDICE DEL TEMA 2, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA o estudiar desde el principio el TEMARIO PARA OPERADORES COMERCIALES DE RENFE.


TEMA 2. INFORME ANUAL 2019


2.1. GRUPO RENFE


D) Principales oficinas y talleres del Grupo Renfe (2)

Renfe Mercancías Sociedad Mercantil Estatal S.A.

Renfe Mercancías es el operador de transporte de mercancías por ferrocarril líder en España con un volumen transportado de cerca de 18 millones de toneladas al año. El objeto de esta sociedad estatal es la de prestar servicios de transporte de mercancías por ferrocarril. Entre las mercancías transportadas destacan algunos servicios generales de:

- Transporte de graneles sólidos.

- Transporte de productos siderúrgicos y análogos.

- Transporte de todo tipo de contenedores por ferrocarril (o por otros medios).

- Transporte de vehículos y componentes de automoción, etc.

Como operador logístico ferroviario, Renfe Mercancías es capaz de gestionar o participar en cualquier cadena logística integral, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, así como la prestación de otros servicios o actividades complementarias o vinculadas al transporte de mercancías por ferrocarril.

*Veamos algunas cifras que demuestran la dimensión de esta sociedad estatal:

  • 1.015 empleados (a 31 de diciembre de 2019).
  • -0,2 EBITDA Resultado bruto de explotación (millones de euros).
  • 10,5 Inversión (millones de euros).
  • 17 millones de toneladas netas transportados.
  • 273 clientes.
  • 1.278 trenes a la semana.
  • 242 locomotoras operativas.
  • 10.011 vagones operativos.

*Los Mercados de Renfe Mercancías

Aquí profundizamos en la dimensión de Renfe Mercancías desglosando las principales áreas comerciales de mercado, especializadas por sectores productivos:

Principales Mercados de Renfe:

Automoción

Renfe Mercancías es experta en el transporte de vehículos terminados (en vagones especializados), piezas y componentes para las cadenas de montaje (en caja móvil/contenedor), especialmente en el sector del automóvil. Estos servicios los suministra tanto a nivel nacional como internacional.

Intermodal

En el marco del transporte de mercancías, se denomina transporte intermodal a la articulación entre diferentes modos de transporte utilizando una única «unidad de carga» (normalmente contenedores), con el fin de llevar a cabo las operaciones de trasbordo de materiales y mercancías del modo más rápido y eficazmente posible, durante el traslado de la carga desde un punto de origen hasta un punto de destino.

Así pues, el mercado intermodal convierte a Renfe en un operador especializado en el transporte de contenedores, cajas móviles y semirremolques, mediante trenes cliente -block train- y servicios multicliente a través de distintas y diversas soluciones logísticas, productos y servicios.

Siderúrgicos

Desde siempre la siderurgia y el ferrocarril han ido de la mano. Además de su relación directa con el mercado del automóvil, los productos siderúrgicos son también imprescindibles en la ingeniería, la construcción, los astilleros y la fabricación de electrodomésticos, entre otros.

Así pues, estamos ante un mercado especializado en el transporte de productos siderúrgicos en que se traslada en vagones especializados: bobinas, carril, alambrón, chatarra, etc.

Multiproducto

Renfe Mercancías especialistas en el transporte ferroviario de mercancías de orígenes sólidos y líquidos. Entre los graneles sólidos destacan el transporte de carbones, cementos, cereales, abonos, clínker (1), etc., y entre los graneles líquidos los productos químicos -carbonato, anilina, estireno, benceno, ácido Sulfúrico…-, los combustibles - gasóleos, etanol, fuel, biodiesel…-. Dentro del mercado de multiproductos también se incluyen los materiales para la construcción, la madera, mercancías o productos paletizados, y otros transportes excepcionales en vagones especializados.

(1) El clínker o clínker Portland es el principal componente del cemento Portland, el cemento más común y, por tanto, del hormigón.

Ancho Métrico

La vía de ancho métrico, con un ancho de 1000 mm o 1 metro, es uno de los tipos de vía más utilizados en todo el mundo. En Europa, las líneas de las redes ferroviarias de ancho métrico se han ido cerrando gradualmente, pero en España todavía conservan redes de ancho métrico de considerable longitud.

Estamos ante un mercado especializado en el servicio intermodal de a través de la Red de Ancho Métrico: bobinas, carbón, arena de sílice, aluminio, sosa a granel...






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TEMA 2 (IV) TEMARIO RENFE OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO N2

TEMA 2 TEMARIO RENFE OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO N2 (IV)
En esta entrega del Tema 2 del Temario para las Oposiciones para Operadores Comerciales de Ingreso N2 de RENFE, dedicado al INFORME ANUAL DEL AÑO 2019, Informe de Responsabilidad Social y Gobierno Corporativo de dicho año, estudiamos las Principales oficinas y talleres del Grupo Renfe (que abarcará varias de nuestras entradas).

Puedes acceder al ÍNDICE DEL TEMA 2, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA o estudiar desde el principio el TEMARIO PARA OPERADORES COMERCIALES DE RENFE.


TEMA 2. INFORME ANUAL 2019


2.1. GRUPO RENFE


D) Principales oficinas y talleres del Grupo Renfe (1)

En esta tabla podemos ver la dirección física de las principales Entidades y Sociedades del Grupo Renfe. Como podemos observar, casi todos se ubican en edificios históricos.


ENTIDAD/SOCIEDAD DIRECCIÓN
Entidad Pública Empresarial Renfe-Operadora Avda. Pío XII, 110 28036 - Madrid.
Avda. Ciudad de Barcelona, 8 - 28007 Madrid. (1)
Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, S.A. Avda. Ciudad de Barcelona, 6 y 8 - 28007 Madrid. (1)
Plaza del Emperador Carlos V, 2 - 28012 Madrid. (1)
Renfe Mercancías Sociedad Mercantil Estatal, S.A. Avda. Ciudad de Barcelona, 4 - 28007 Madrid. (1)
Renfe Alquiler de Material Ferroviario Sociedad Mercantil Estatal, S.A. Avda. Ciudad de Barcelona, 4 - 28007 Madrid. (1)
Renfe Fabricación y Mantenimiento Sociedad Mercantil Estatal, S.A. C/ Antonio Cabezón, S/N - 28034 Madrid.

(1) Edificio histórico.


MARCAS, PRODUCTOS Y SERVICIOS:

OBJETIVOS Y ESTRATEGIAS:

El Plan Estratégico de Renfe se basa en 3 PILARES clave: Foco en el cliente, Internalización, y Eficiencia y Seguridad, apoyados por 3 PALANCAS: Transformación digital, Transformación cultural, y Alianzas y Estrategias.

Veamos un resumen de estos 6 importantes conceptos:

PILARES ESTRATÉGICOS:

  • FOCO EN EL CLIENTE: Se trata de orientar y centrar toda la actividad en los usuarios y de cada una de las tareas y los esfuerzos de la empresa en la plena satisfacción final del cliente.
  • INTERNACIONALIZACIÓN:El segundo pilar es la internacionalización de la compañía, históricamente orientada al mercado interno. Renfe tiene que convertirse en un operador ferroviario de referencia internacional, enfocado especialmente en los servicios de alta velocidad y de cercanías.
  • EFICIENCIA:Eficiencia y seguridad para elevar los estándares de calidad del servicio que presta la compañía. Centrándose en la eficiencia, seguridad y mejora continua, es preciso poner en marcha todas y cada una de las mejoras que permitan a la entidad alcanzar indicadores de coste y operativos de primer nivel, con el fin de ser mucho más competitivos.

PALANCAS:

  • TRANSFORMACIÓN DIGITAL: : Es preciso integrar y extender las tecnologías digitales actuales dentro de la compañía, con la intención de aumentar la agilidad de los procesos y gestiones y aumentar su eficiencia, además de mejorar la oferta al usuario.
  • TRANSFORMACIÓN CULTURAL: Se centra en la evolución de la cultura y los valores de la empresa para asegurar la implantación del plan estratégico, impulsando tanto la excelencia como la diversidad, así como la formación continua de la plantilla de la empresa.
  • ALIANZAS y Estrategias: Es el apoyo o palanca de las Alianzas con los representantes más importantes en los diferentes ámbitos en los que opera la empresa, con el fin de mejorar y ampliar el servicio al cliente.

El Plan Estratégico de Renfe 2019-2023-2028 abarca 24 iniciativas que se han volcado y concretado en 43 proyectos distintos, a los cuales se les han asignado a responsables: personas o grupos encargados de definir los planes de ejecución y configurar los grupos de trabajo pertinentes. Asimismo, para constatar el avance y el éxito de dichos proyectos, se han creado y definido distintos indicadores y parámetros.


Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal S.A.

Su finalidad es la prestación de servicios de transporte de viajeros por ferrocarril, tanto nacionales como internacionales, así como la mediación en la prestación de cualquier servicio turístico; la organización, oferta y/o comercialización de viajes combinados o productos turísticos, y la prestación de otros servicios o actividades complementarias vinculadas al transporte.

Dicho en cifras, Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal S.A. se compone de:

  • 9.666 empleados (a 31 de diciembre de 2019).
  • 510,9 millones de viajeros transportados.
  • 457,4 EBITDA Resultado bruto de explotación (millones de euros).
  • 281,8 inversión (millones de euros).
  • 5.562 circulaciones diarias.
  • 265 trenes de Alta Velocidad-Larga Distancia.
  • 350 trenes de Media Distancia y AV Media Distancia.
  • 730 trenes de Cercanías.
  • 12 Núcleos de Cercanías.



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TEMA 2 (III) TEMARIO RENFE OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO N2

TEMA 2 TEMARIO RENFE OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO N2 (III)
Continuamos con el Tema 2 del Temario para las Oposiciones para Operadores Comerciales de Ingreso N2 de RENFE, que estudia el INFORME ANUAL DEL AÑO 2019, Informe de Responsabilidad Social y Gobierno Corporativo de dicho año. En esta entrega avanzamos en el contenido del punto 1 referente al Grupo Renfe: Modelo de Negocio. Visión y Misión de Renfe-Operadora

Puedes acceder al ÍNDICE DEL TEMA 2, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA o estudiar desde el principio el TEMARIO PARA OPERADORES COMERCIALES DE RENFE.


TEMA 2. INFORME ANUAL 2019


2.1. GRUPO RENFE

B) Modelo de negocio

El objetivo principal del Real Decreto-ley 22/2012, de 20 de julio, por el que se adoptan medidas en materia de infraestructuras y servicios ferroviarios, fue el de crear las bases oportunas para iniciar y acometer el proceso de liberalización del sector ferroviario. Debido a este RDL (Real Decreto-ley), Renfe-Operadora ha conseguido igualar a otros operadores públicos ferroviarios de Europa.

Y es precisamente bajo las directrices de los artículos 1 y 2 del RDL mencionado, que Renfe-Operadora se estableció como entidad pública empresarial y pasó a encabezar un grupo de sociedades:

  • Artículo 1:Reestructuración de la entidad pública empresarial RENFE-Operadora.
  • Artículo 2:Supresión de la entidad pública empresarial Ferrocarriles Españoles de Vía Estrecha (FEVE).

Puedes leer ambos artículos y el RDL en su conjunto: Real Decreto-ley 22/2012, de 20 de julio.

Según el artículo 1, en su apartado 1, estipula: “La entidad pública empresarial RENFE-Operadora se estructurará en cuatro sociedades mercantiles estatales…” Y se constituyeron dichas sociedades con capital -íntegro- de Renfe-Operadora.

En el siguiente esquema se puede ver, sin profundizar demasiado, el esquema de sociedades que impera actualmente:


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C) Misión y Visión de Renfe-Operadora

El Consejo de Administración de Renfe-Operadora aprobó el 29 de enero de 2019 el Plan Estratégico 2019-2023, un plan detallado de actuación que promueve una enorme transformación de entidad con el objetivo de modernizar su actividad, construyendo una empresa de ámbito nacional e internacional de servicios de transporte de calidad y afrontar con garantías el reto de la liberalización del transporte ferroviario de pasajeros.

Misión: La misión fundamental es la de proporcionar servicios de transporte de calidad adaptados a las nuevas necesidades de sus clientes (tanto nacionales como internacionales), a la vez que cumplir todos los compromisos con los empleados de la empresa y sociedad española en general.

Visión:

  • a) Ser un Operador Integral de Movilidad y Operador Logístico Internacional.
  • b) Ser un referente de transporte en cuanto a la calidad de servicio, la seguridad, la eficiencia, la intermodalidad y, por su puesto, en la satisfacción de los clientes.
  • c) Ser un referente a nivel internacional en el transporte de alta velocidad de pasajeros.





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TEMA 2 (II) TEMARIO RENFE OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO N2

TEMA 2 TEMARIO RENFE OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO N2 (II)
Comenzamos el Tema 2 del Temario para las Oposiciones para Operadores Comerciales de Ingreso N2 de RENFE, que estudia el INFORME ANUAL DEL AÑO 2019, Informe de Responsabilidad Social y Gobierno Corporativo de dicho año. En esta entrega comenzamos con el punto 1 referente al Grupo Renfe, y los principales indicadores del Grupo.

Puedes acceder al ÍNDICE DEL TEMA 2, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA o estudiar desde el principio el TEMARIO PARA OPERADORES COMERCIALES DE RENFE.


TEMA 2. INFORME ANUAL 2019


2.1. GRUPO RENFE

En la actualidad RENFE es una operadora de transporte de primer nivel en el mundo, con total independencia en la gestión de sus infraestructuras desde 2005. De ello se deriva su perfecta adaptación al marco de liberalización de la Unión Europea.

Como ya hemos visto en el TEMA 1, Renfe-Operadora es una Entidad Pública Empresarial (EPE) dependiente del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Su principal objetivo es el de prestar servicios de transporte -tanto de viajeros como de mercancías- con la máxima seguridad, y bajo los criterios de calidad, eficiencia, innovación y rentabilidad y con el propósito, como operador ferroviario de referencia, de aumentar la cuota de mercado del ferrocarril.

Dentro de las funciones correspondientes a la EPE, podemos señalar las siguientes como las más importantes:

  • Definición de la política y estrategia de negocio del Grupo.
  • Asesoría Jurídica.
  • Recursos humanos, prevención de Riesgos Laborales, servicios médicos de la entidad, planificación de plantillas, selección de personal y contratación, formación del personal, definición de retribuciones, gestión de nóminas y administración con Hacienda y la Seguridad Social.
  • Política financiera, contable, fiscal y de seguros.
  • Control presupuestario.
  • Compliance (1) y auditoría Interna del Grupo.
  • Auditoría Interna del Grupo.
  • Negociación de contratos programa.
  • Desarrollo de Proyectos Internacionales.
  • Sistemas informáticos transversales.
  • Relación de la entidad con instituciones externas y otros organismos, así como representación institucional internacional.
  • Seguridad en la circulación ferroviaria.
  • Protección civil y seguridad.
  • Todo lo referente a la comunicación, difusión de la marca, publicidad y las relaciones con los medios de comunicación.
  • (1) Compliance: Término en inglés que significa cumplimiento normativo, usado para referirse a los sistemas de detección de infracciones en las empresas, y a sus acciones para asegurarse de que se conocen y se toman las medidas oportunas para cumplir con las leyes, políticas y reglamentos concernientes.


GRUPO RENFE

El Grupo Renfe está constituido, principalmente, por la Entidad Pública Empresarial Renfe-Operadora, y por las siguientes sociedades participadas en su totalidad por Renfe-Operadora:

  • Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, S.A.
  • Renfe Mercancías Sociedad Mercantil Estatal, S.A.
  • Renfe Fabricación y Mantenimiento Sociedad Mercantil Estatal, S.A.
  • Renfe Alquiler de Material Ferroviario Sociedad Mercantil Estatal, S.A.
  • Renfe of America Sociedad Mercantil Estatal, S.A.

A) Principales indicadores del grupo

Los principales indicadores del Grupo Renfe se integran bajo las dimensiones económica, social y ambiental que se detallan en las siguientes tablas:


Dimensión económica 2019 2018
Resultado bruto de explotación (1) 472,3 523,5
Total ingresos (1) 4.047,8 3.979,1
Ingresos de tráfico (1) 3.713,4 3.639,4
Ingresos varios (1) 334,5 339,7
Total gastos al EBITDA (1) 3.575,6 3.455,7
Cánones ferroviarios Adif (1) 1.261,5 1.229,0
Resultado de ejercicio Grupo Renfe (1) (2) 100,68 111,42
Número de proveedores adjudicatarios 1.324 1.243
Pagos a proveedores (1) (3) 3.209,5 3.074,1
Periodo medio de pago a proveedores (3) 57,67 59,99
Viajeros (millones) 510,9 507,1
Toneladas (millones) 17,0 18,3

(1) En millones de euros.

(2) Incluye el resultado atribuido a socios externos.

(3) Elaborado de acuerdo con la resolución del ICAC de 29 de enero de 2016.


Dimensión social 2019 2018
Número de empleados (a 31 de diciembre) 15.053 14.565
Número de mujeres en plantilla 2.254 1.965
Años de antigüedad media de los empleados (hombres) 26,22 28,24
Años de antigüedad media de las empleadas 19,26 21,72
Índice de rotación de la plantilla hombres (%) 8,13 7,52
Índice de rotación de la plantilla mujeres (%) 9,42 7,66
Horas de formación en Prevención de Riesgos Laborales 15.622 12.466
Horas totales de formación del personal 807.619 563.598
Inversión en formación (1) 4.123,24 3.578,34
Contratación a Centros Especiales de Empleo (1) 11.754 3.738
Empleados que reciben una evaluación formal del desempeño 2.713 2.618
Ratio de absentismo por accidente laboral 0,53 0,49
Jornadas perdidas por accidente laboral 26.343 23.624
Empleados cubiertos por convenios colectivos (%) 94,07 94,47
Inversión en la comunidad (1) 12.910 12.562
Contribución social (1) 70.554 69.689

(1) En miles de euros.


Por último, veamos los datos de la dimensión ambiental, no sin antes especificar el significado de algunas siglas y fórmulas que aparecen en ella:

. GWh: El gigavatio-hora (GWh) es un múltiplo del vatio-hora. El vatio-hora (Wh) es una unidad de energía expresada en forma de unidades de potencia por tiempo. Un GWh equivale a 1.000.000.000 Wh. Puedes ampliar esta información en la página de la Wikipedia sobre el Vatio-hora.

. UT: Son las siglas de Unidad de Tren (en otros medios, significa Unidad de Transporte). Una unidad de tren es un conjunto indeformable de vehículos encabezados por uno o varios vehículos motores, denominados como «coche motor», y por un número variable de remolques, que pueden ser intermedios o pilotos.

.CO2: Es la fórmula química del Dióxido de Carbono.


Dimensión ambiental 2019 2018
GWh tracción eléctrica 2.460,30 2.388,12
GWh L diésel para tracción 711,8 742,8
Millones de litros de diésel consumidos para tracción 72,12 75,20
GWh total para tracción 3.172,1 3.130,9
Intensidad Energética de tracción (Wh/UT) 94,8 94,2
Intensidad de Carbono de tracción (g CO2 /UT) 5,54 21,55
Generación de residuos peligrosos (toneladas) 578 948
Consumo de agua (miles de m3) (dato estimado) 903 918
Gastos e inversiones ambientales (miles de euros) 2.755 2.538
% Tráficos de viajeros con trenes de baja emisión acústica 95 95
% Tráficos de mercancías con trenes de baja emisión acústica 78 77





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TEMA 2 TEMARIO RENFE OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO N2

TEMA 2 TEMARIO RENFE OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO N2
Tema 2 del Temario para las Oposiciones para Operadores Comerciales de Ingreso N2 de RENFE, que estudia el INFORME ANUAL DEL AÑO 2019, Informe de Responsabilidad Social y Gobierno Corporativo de dicho año.

Puedes consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA o estudiar desde el principio el TEMARIO PARA OPERADORES COMERCIALES DE RENFE.


TEMA 2. INFORME ANUAL 2019

Informe de Responsabilidad Social y Gobierno Corporativo 2019

Estado de la información no financiera 2019


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TEMA 1 (XI). TEMARIO OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO DE RENFE

TEMA 1 (XI). TEMARIO OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO DE RENFE
Para finalizar el TEMA 1 del TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES DE RENFE DE OPERADOR COMERCIAL DE INGRESO N2, veremos el CAPÍTULO V del ESTATUTO DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RENFE-OPERADORA, que se refiere al Régimen económico-financiero de la Entidad; se estructura en 3 secciones y consta de un total de 9 artículos (del 25 al 33).

Puedes consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA o estudiar desde el principio el TEMARIO PARA OPERADORES COMERCIALES DE RENFE.


ESTATUTO DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RENFE-OPERADORA

CAPÍTULO V

Régimen económico-financiero


Sección 1.ª Recursos de la entidad

Artículo 25. Recursos de la entidad.

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley del Sector Ferroviario y en el artículo 65 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, para la ejecución de sus fines, la entidad pública empresarial RENFE-Operadora dispondrá de los siguientes recursos:

1. Los ingresos ordinarios y extraordinarios obtenidos con el ejercicio de su actividad.

2. Los recursos financieros procedentes de operaciones de endeudamiento, cuyo límite anual será fijado en las respectivas leyes de Presupuestos Generales del Estado.

3. Las subvenciones que, en su caso, pudieran incluirse en los Presupuestos Generales del Estado.

4. Las subvenciones, aportaciones y donaciones que se concedan a su favor, procedentes de fondos específicos de la Unión Europea, de otras Administraciones Públicas, de Entes Públicos y de particulares.

5. Los productos, rentas e incrementos de su patrimonio.

6. Los productos y rentas derivados de su participación en otras entidades.

7. Cualquier otro recurso que pueda corresponderle por Ley o le sea atribuido por convenio o por cualquier otro procedimiento legalmente establecido.


Sección 2.ª Financiación, planificación, contabilidad y control

Artículo 26. Operaciones financieras.

1. La entidad pública empresarial RENFE-Operadora podrá realizar todo tipo de operaciones financieras y, en particular, concertar operaciones activas o pasivas de crédito y préstamo, cualquiera que sea la forma en que se instrumente, incluso mediante la emisión de obligaciones, bonos, pagarés y cualquier otro pasivo financiero. Lo anterior se entiende sin perjuicio de lo establecido en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria y de acuerdo con los límites establecidos en las Leyes de Presupuestos anuales.

2. Las operaciones activas y pasivas de crédito a corto y largo plazo y de tesorería de las sociedades a las que se refiere el artículo 9.1.i) y en las que la entidad pública empresarial RENFE-Operadora participe mayoritariamente, directa o indirectamente, se ajustarán al límite fijado en el presupuesto de ésta.

Artículo 27. Programa de actuación plurianual.

La entidad elaborará y tramitará anualmente, de forma coherente con el contrato-Programa en vigor, un programa de actuación plurianual de acuerdo con lo establecido en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. Tal programa, acompañado de la documentación exigida en el artículo 65 de la citada Ley, será remitido al Ministerio de Economía y Hacienda, a través del Ministerio de Fomento, para su aprobación por el Gobierno, conforme a la Ley General Presupuestaria.

Artículo 28. Contabilidad.

La entidad ajustará su contabilidad a lo previsto en la legislación que le sea aplicable y, en particular, a la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, a las disposiciones del Código de Comercio, a las que se dicten en su desarrollo y al Plan General de Contabilidad de la empresa española y a los criterios de normalización de cuentas de las empresas ferroviarias establecidos por la normativa comunitaria.

Asimismo, aplicará un régimen de contabilidad separada de sus actividades según se relacionen con la prestación de servicios de transporte ferroviario de mercancías o de viajeros, debiendo, a su vez, diferenciar entre los servicios de transporte declarados de interés público de los prestados en régimen de libre competencia.

Artículo 29. Régimen de control.

1. El régimen de control de la gestión económico financiera de RENFE-Operadora se ejercerá, de conformidad con lo establecido en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre General Presupuestaria, por la Intervención General de la Administración del Estado a través de las actuaciones de auditoria pública que se establezcan en el Plan Anual de Auditorias, sin perjuicio, de las competencias fiscalizadoras atribuidas al Tribunal de Cuentas por su Ley Orgánica y por las demás normas que regulan sus competencias.

2. Corresponde al Ministerio de Fomento, a través de la Secretaría General de Infraestructuras, el control técnico y de eficacia de la gestión que ha de llevar a cabo RENFE-Operadora, así como el ejercicio de las facultades que la Ley le atribuye en materia de control de la fijación y gestión de los cánones ferroviarios, a cuyo efecto podrá realizar las inspecciones y auditorias de gestión que resulten necesarias.

El Ministerio Fomento podrá requerir a RENFE-Operadora, en cualquier momento, la información o documentación que estime conveniente en el ejercicio de su facultad de control.


Sección 3.ª Régimen presupuestario

Artículo 30. Elaboración del presupuesto.

La entidad elaborará anualmente, de forma coherente con el Contrato-Programa en vigor, sus presupuestos estimativos de explotación y capital, con la estructura que determine el Ministerio de Economía y Hacienda, y una vez aprobados inicialmente por el Consejo de Administración serán tramitados en la forma establecida en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Artículo 31. Variación del presupuesto.

1. El régimen de variaciones presupuestarias será el establecido, con carácter general, para las sociedades mercantiles estatales y las entidades públicas empresariales en la Ley 47/2003, de 26 noviembre, General Presupuestaria.

2. No obstante, en cuanto no se oponga a lo anterior, y en el caso de que la Entidad no reciba subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, la competencia para autorizar las modificaciones presupuestarias corresponderá al Consejo de Administración.

3. Asimismo, siempre que no se oponga a lo determinado en el apartado 1, serán aprobadas por el Consejo de Administración, o por el órgano en quien éste delegue, las modificaciones internas de los presupuestos que no incrementen la cuantía del mismo y sean consecuencia de las necesidades surgidas durante el ejercicio.

Artículo 32. Cuentas anuales.

Las cuentas anuales, en las que deberá incluirse la propuesta de aplicación de resultados junto con el informe de gestión y el informe a que se refiere el artículo 129 de la Ley General Presupuestaria, serán presentadas por el Presidente de la entidad al Consejo de Administración para su aprobación, antes de finalizar el primer trimestre del año siguiente al que se refieran. Esta aprobación deberá producirse antes de finalizar el primer semestre de dicho año.

Artículo 33. Aplicación de resultados.

El excedente que arroje anualmente la cuenta de resultados de la entidad pública empresarial RENFE-Operadora se imputará en primer lugar a la compensación de pérdidas de ejercicios anteriores y el remanente que, en su caso, resulte, será objeto de aplicación por acuerdo del Consejo de Administración.






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TEMA 1 (X). TEMARIO RENFE OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO N2

TEMA 1 (X). TEMARIO RENFE OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO N2
TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES DE RENFE DE OPERADOR COMERCIAL DE INGRESO N2: ESTATUTO DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RENFE-OPERADORA. Publicamos el CAPÍTULO III, que consta de 3 artículos y trata sobre el Personal de la Entidad, y el CAPÍTULO IV, que comprende 2 artículos y se refiere al Régimen Patrimonial.

Puedes consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA o estudiar desde el principio el TEMARIO PARA OPERADORES COMERCIALES DE RENFE.


ESTATUTO DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RENFE-OPERADORA

CAPÍTULO III

Personal de la entidad

Artículo 20. Régimen del personal.

1. El personal de la entidad pública empresarial RENFE-Operadora se regirá por lo establecido en el presente Estatuto y por las normas de Derecho laboral que le sean de aplicación.

2. El régimen sobre personal de RENFE-Operadora se ajustará a lo previsto para las sociedades mercantiles estatales, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional tercera de la Ley del Sector Ferroviario.

3. Las relaciones de la entidad con su personal se regirán por las condiciones establecidas por los contratos que, al efecto, se celebren y se someterán al Estatuto de los Trabajadores, a los convenios colectivos y a las demás normas que les sean de aplicación. El personal no directivo será seleccionado mediante convocatoria pública basándose en los principios de igualdad, mérito y capacidad.

4. A efectos de lo dispuesto en el artículo 55.2 de la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se considerarán como personal directivo de RENFE-Operadora los Directores Generales, los Directores Gerentes de las unidades de negocio, y los Directores Corporativos.

Artículo 21. Incompatibilidades.

1. El personal de la entidad estará sujeto al régimen de incompatibilidades establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

2. El personal que tuviera la consideración de alto cargo a efectos de lo dispuesto en la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, y sus disposiciones de desarrollo, estará sometido al régimen de incompatibilidades y control de intereses establecido en dicha Ley.

Artículo 22. Condiciones retributivas del personal.

El Presidente determinará, con carácter anual y de acuerdo con los criterios generales que apruebe el Consejo de Administración y lo previsto en el artículo 20.3, las condiciones retributivas tanto del personal directivo como del resto del personal de la entidad.

CAPÍTULO IV

Régimen patrimonial

1. RENFE-Operadora tendrá, para el cumplimiento de sus fines, un patrimonio propio distinto del de la Administración General del Estado, integrado por el conjunto de bienes, derechos y obligaciones de los que sea titular de conformidad con lo dispuesto en la Orden del Ministro de Fomento a que se refiere el apartado 4 de la disposición adicional primera de la Ley del Sector Ferroviario.

2. La gestión, administración y explotación de los bienes y derechos de titularidad de RENFE-Operadora se sujetarán a lo dispuesto en la disposición adicional tercera de la Ley del Sector Ferroviario y en el presente Estatuto y, en lo no dispuesto en estas normas, a lo establecido en la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Artículo 24. Inventario.

La Entidad formará y mantendrá actualizado el inventario de sus bienes y derechos. El inventario se revisará, en su caso, anualmente con referencia al 31 de diciembre y se someterá a la aprobación del Consejo de Administración en el primer trimestre del ejercicio siguiente.






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TEMA 1 (IX). TEMARIO GRATIS PARA OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO

TEMA 1 (IX). TEMARIO GRATIS PARA OPERADORES COMERCIALES DE INGRESO
TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES DE RENFE DE OPERADOR COMERCIAL DE INGRESO N2: ESTATUTO DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RENFE-OPERADORA. En esta entrega finalizamos el CAPÍTULO II (artículos 16, 17, 18 y 19), referente a la Organización y Funcionamiento de la Entidad.

Puedes consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA o estudiar desde el principio el TEMARIO PARA OPERADORES COMERCIALES DE RENFE.


ESTATUTO DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RENFE-OPERADORA

CAPÍTULO II

De la organización y funcionamiento de la Entidad Pública Empresarial Renfe-Operadora

Artículo 16. El Presidente.

1. Será Presidente de la entidad la persona que designe el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Fomento.

2. Corresponde al Presidente:

a) Ostentar la representación de la entidad en juicio y fuera de él, en cualquier acto y contrato y frente a toda persona física o jurídica, ya sea pública o privada.

b) Acordar la convocatoria, presidir y fijar el orden del día de las reuniones del Consejo de Administración, dirigiendo sus deliberaciones y dirimiendo los empates que puedan producirse en las votaciones con su voto de calidad.

c) Velar por el cumplimiento de este Estatuto y de los acuerdos adoptados por el Consejo de Administración.

d) Ejecutar los acuerdos del Consejo de Administración.

e) Ostentar la jefatura superior de todo el personal y ejercer la alta inspección de los servicios de la entidad y la vigilancia del desarrollo de su actividad.

f) Proponer al Consejo de Administración la estructura de la organización y determinar la plantilla en el marco de los criterios y directrices aprobados por el Consejo de Administración.

g) Acordar el nombramiento y cese del personal directivo de la entidad, debiendo informar de los mismos al Consejo de Administración, y contratar al personal no directivo, fijando sus retribuciones con arreglo a los criterios definidos por el Consejo de Administración y a lo establecido, en su caso, por el correspondiente convenio colectivo, dentro del marco de actuación a que se refiere el artículo 22.

h) Someter al Consejo de Administración las tarifas que éste deba aprobar o modificar y las que deban ser propuestas a la Administración para su aprobación ulterior.

i) Presentar al Consejo de Administración, para su aprobación, las propuestas de contratos-programa que, en su caso, puedan celebrarse.

j) Proponer al Consejo de Administración el programa de actuación plurianual de la entidad y sus presupuestos de explotación y de capital.

k) Actuar como órgano de contratación en los contratos cuyo importe no exceda de 6.000.000 de euros, sin perjuicio de las facultades que al Consejo de Administración atribuye el artículo 9.g) y de su obligación de informar, semestralmente, al referido órgano, de las actuaciones realizadas en el ejercicio de estas competencias.

l) Acordar el ejercicio de las acciones y de los recursos que correspondan a la entidad en defensa de sus intereses ante las Administraciones Públicas y los Tribunales de Justicia de cualquier orden, grado y jurisdicción.

m) Presentar al Consejo de Administración, para su aprobación, las cuentas anuales el informe de gestión y la propuesta de aplicación de resultados.

n) Ordenar los gastos y pagos de la entidad y efectuar toda clase de cobros, cualquiera que sea su cuantía.

ñ) Decidir todas aquellas cuestiones no reservadas al Consejo de Administración.

o) Formular las cuentas anuales que deban rendirse al Tribunal de Cuentas, de acuerdo con la normativa presupuestaria.

p) Rendir las cuentas anuales por conducto de la Intervención General de la Administración del Estado, acompañadas del informe de auditoria, así como del informe de gestión y el previsto en el artículo 129 de la Ley General Presupuestaria.

q) Desempeñar las demás funciones que le atribuya este Estatuto y cualesquiera otras normas aplicables, las no conferidas expresamente a otros órganos de la entidad, así como las que le delegue, en su caso, el Consejo de Administración.

3. Podrán ser objeto de delegación en el Vicepresidente, en el personal directivo o en los restantes órganos internos de la entidad, las competencias que correspondan al Presidente, salvo las establecidas en los párrafos b), c), e), f) y m) del apartado 2 y las delegadas por el Consejo de Administración.

Artículo 17. Adopción excepcional de acuerdos.

Excepcionalmente, en los casos de urgente necesidad, el Presidente podrá adoptar las decisiones reservadas a la competencia del Consejo de Administración, viniendo obligado a dar cuenta a éste de los acuerdos adoptados, en la primera reunión ordinaria que celebre con posterioridad a la adopción de los mismos, a fin de que sean ratificados.

Artículo 18. El Vicepresidente.

El Consejo de Administración podrá nombrar de entre sus miembros un Vicepresidente, que ejercerá las funciones que le delegue el Presidente y le suplirá en los casos de ausencia, vacante o enfermedad. Las funciones que el Vicepresidente ejercite por delegación del Presidente serán indelegables.

Artículo 19. El Secretario.

1. El Consejo de Administración nombrará y separará libremente, a propuesta del Presidente, un Secretario, que asistirá a sus reuniones con voz pero sin voto, salvo que tenga la condición de Vocal.

2. El Secretario, que habrá de ser licenciado en Derecho, lo será del Consejo de Administración y de las Comisiones Delegadas.

3. Corresponde al Secretario:

a) Velar por el cumplimiento de la legalidad vigente.

b) Efectuar la convocatoria de las sesiones del Consejo por orden del Presidente así como las citaciones a los miembros del mismo.

c) Preparar el despacho de los asuntos y redactar las actas de las sesiones.

d) Expedir certificaciones de los acuerdos aprobados.

e) Custodiar los libros de actas.

f) Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición.

4. El Consejo de Administración podrá nombrar, a propuesta del Presidente, un Vicesecretario, que habrá de ser también licenciado en Derecho. A éste le será de aplicación lo establecido en el apartado 1 y suplirá al Secretario en los casos de ausencia, vacante o enfermedad.





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TEMA 1 (VIII). TEMARIO GRATIS OPERADORES COMERCIALES RENFE

TEMA 1 (VIII). TEMARIO GRATIS OPERADORES COMERCIALES RENFE
TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES DE RENFE DE OPERADOR COMERCIAL DE INGRESO N2: ESTATUTO DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RENFE-OPERADORA. Continuamos con el CAPÍTULO II (artículos 11, 12, 13, 14 y 15), referente a la Organización y Funcionamiento de la Entidad.

Puedes consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA o ver desde el principio el TEMARIO PARA OPERADORES COMERCIALES DE RENFE.


ESTATUTO DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RENFE-OPERADORA

CAPÍTULO II

De la organización y funcionamiento de la Entidad Pública Empresarial Renfe-Operadora

Artículo 11. Comisiones Delegadas.

El Consejo de Administración, en atención a la naturaleza de los asuntos a tratar, podrá constituir en su seno Comisiones Delegadas, a las que podrá delegar sus competencias dentro de los límites previstos en el artículo anterior, teniendo en cuenta la especialización de sus miembros.

El acuerdo de constitución fijará el alcance de la delegación, el número de Vocales, no inferior a tres ni superior a siete, que formen parte de las mismas y sus normas de funcionamiento. En su defecto, serán de aplicación a las Comisiones Delegadas las normas establecidas para el Consejo de Administración. Las Comisiones Delegadas serán presididas por el Presidente de la entidad y actuará como Secretario quien lo fuere del Consejo de Administración.

Artículo 12. Convocatoria y quórum del Consejo de Administración.

1. El Consejo de Administración se reunirá, previa convocatoria y a iniciativa de su Presidente o a petición, al menos, de la mitad de los Vocales, tantas veces como sea necesario para el desarrollo de las funciones de la entidad y, al menos, once al año. Podrán asistir a las reuniones del Consejo de Administración, con voz pero sin voto, todas aquellas personas que, a solicitud de dicho Consejo o a instancias del Presidente, sean convocadas por éste.

2. La convocatoria del Consejo de Administración se cursará por el Secretario del Consejo, por escrito, al menos con cuarenta y ocho horas de antelación, recogiendo el orden del día de los asuntos a tratar.

El Presidente podrá convocar reuniones extraordinarias sin sujeción al plazo anterior si existiera, a su juicio, motivo fundado o a petición, al menos, de un tercio de los Vocales.

3. Para la válida constitución del Consejo de Administración, además del Presidente y del Secretario o de quienes los sustituyan, deberán estar presentes o representados, en primera convocatoria, la mitad, al menos, de los Vocales y, en segunda convocatoria, la tercera parte de los mismos. Entre la primera y la segunda convocatoria deberá transcurrir, al menos, el plazo de una hora.

Las normas que apruebe el Consejo de Administración, en aplicación de lo previsto en el artículo 9.1.b), establecerán los requisitos conforme a los cuales debe acreditarse la representación.

Artículo 13. Adopción de acuerdos.

1. Los acuerdos del Consejo de Administración se tomarán por mayoría absoluta de votos de sus miembros presentes o representados. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.

2. De cada sesión se levantará acta por el Secretario, que se aprobará en la misma o en la siguiente sesión, según se determine por el Consejo de Administración. El acta deberá ir firmada por el Secretario, con el visto bueno del Presidente, expidiéndose certificación de los acuerdos del Consejo de Administración en igual forma, sin perjuicio de la existencia de un libro de actas en el que consten las actas de las sesiones y los acuerdos adoptados, que custodiará el Secretario del Consejo de Administración.

Artículo 14. Dietas por asistencia a las reuniones del Consejo de Administración.

Los miembros del Consejo de Administración que asistan a sus sesiones percibirán las compensaciones económicas que autorice el Ministro de Economía y Hacienda, a iniciativa del Ministerio de Fomento, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

Artículo 15. Régimen jurídico aplicable al Consejo.

El régimen de constitución y funcionamiento del Consejo de Administración, en todo lo no regulado en este Estatuto, se ajustará a las normas contenidas en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y a la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.






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