¿CON "S" O CON "X"? TEST DE ORTOGRAFÍA ONLINE 3 (25 PREGUNTAS)

EJERCICIO CON "S" O CON "X" (TEST 3 ONLINE - 25 PREGUNTAS)
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TEST DE ORTOGRAFÍA ¿CON "S" O CON "X"? (TEST 3)

Entre las dos posibilidades de escritura de estas palabras, señala cuál es la forma correcta:








RESPUESTAS EJERCICIO CON "S" o CON "X":

  • 1. ASPIRAR
  • 2. EXPORTAR
  • 3. EXTRMINIO
  • 4. BOXEO
  • 5. ESTRATEGIA
  • 6. EXTRARRADIO
  • 7. BISEXUAL
  • 8. EXTRAÑO
  • 9. ESCARMENTAR
  • 10. SAXOFÓN
  • 11. EXCESO
  • 12. EXILIO
  • 13. EXHIBICIÓN
  • 14. HOMOSEXUAL
  • 15. OXÍGENO
  • 16. MARXISTA
  • 17. EXENTO
  • 18. EXISTIR
  • 19. ESMERO
  • 20. DISLEXIA
  • 21. XENOFOBIA
  • 22. EXPLICACIÓN
  • 23. ESCOCER
  • 24. EXPATRIAR
  • 25. METAMORFOSIS

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¿CON "G" O CON "J"? TEST DE ORTOGRAFÍA ONLINE 4 (25 PREGUNTAS)

EJERCICIO CON "G" O CON "J" (TEST 4 ONLINE - 25 PREGUNTAS)

Serie de TEST DE ORTOGRAFÍA gratis, online y con respuestas, parte de nuestra sección de TEST DE LENGUA para estudiantes de cualquier edad y preparación de Oposiciones (Guardia Civil, RENFE, Policía Nacional, Auxiliar Administrativo...).


¡Bienvenido a nuestra serie de Test de Ortografía Online para Oposiciones y Estudiantes.


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TEST DE ORTOGRAFÍA ¿CON "G" O CON "J"? (TEST 4)


Entre las dos posibilidades de escritura de estas palabras, señala cuál es la forma correcta:






¿Qué tal te ha ido? ¿Te ha gustado nuetro test de ortografía online? Puedes dejar tu NÚMERO DE ACIERTOS o cualquier COMENTARIO bajo estas lineas ¡Y no olvides compartir!




RESPUESTAS EJERCICIO CON "G" o CON "J":

  • 1. TRANSIGIR
  • 2. PIGMEO
  • 3. EFIGIE
  • 4. REGISTRAR
  • 5. NEGLIGENTE
  • 6. ACOGER
  • 7. DIJIMOS
  • 8. INGENUO
  • 9. REFULGIR
  • 10. GENUINO
  • 11. LEGÍTIMO
  • 12. GERIÁTRICO
  • 13. JEFE
  • 14. JERARQUÍA
  • 15. CONTAGIO
  • 16. CONGELADO
  • 17. INJERTO
  • 18. CONGÉNITO
  • 19. GEMIDO
  • 20. GENTIL
  • 21. JILGUERO
  • 22. JINETE
  • 23. TIJERAS
  • 24. PRÓJIMO
  • 25. MAQUILLAJE

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TEST DE CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA TÍTULO VII (ONLINE)

TEST DE CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA TÍTULO VII (ONLINE)
TEST DE CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA TÍTULO VII GRATIS, ONLINE y CON RESPUESTAS, parte de nuestra sección de TEST DE CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA POR TÍTULOS para OPOSICIONES (Guardia Civil, RENFE, Policía Nacional, Auxiliar Administrativo, Celadores, etc.).

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TEST DE CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA TÍTULO VII

Entre las cuatro respuestas posibles, señala cuál es la correcta:









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RESPUESTAS TEST CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA TÍTULO VII:

  • 1- b) Administración, defensa y conservación.
  • 2- c) Artículo 136.
  • 3- b) El mar meridional.
  • 4- a) Ante el Congreso de los Diputados, y al menos 3 meses antes de la expiración de los del año anterior.
  • 5- d) Los Jueces.
  • 6- a) Al Tribunal de Cuentas, y serán censuradas por éste.
  • 7- b) Promoverán eficazmente las diversas formas de participación en la empresa y fomentarán las sociedades anónimas.
  • 8- a) Mediante Ley Ordinaria.
  • 9- c) Son elaborados por el Gobierno y aprobados por las Cortes Generales.
  • 10- d) Anualmente.

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TEMARIO GUARDIA CIVIL GRATIS Y ACTUALIZADO. TEMA 4. DERECHO CONSTITUCIONAL (25). CE (25): TÍTULO VII (2)

TEMA 4 del TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES GUARDIA CIVIL (GRATIS Y ACTUALIZADO), referente al DERECHO CONSTITUCIONAL. En esta entrega finalizamos la exposición del TÍTULO VII de la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978: "ECONOMÍA Y HACIENDA".


Este tema es válido para cualquier Oposición que requiera el estudio de la Constitución Española y/o Derecho Constitucional.


Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).



TEMA 4: DERECHO CONSTITUCIONAL 


4.1. CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978 


4.1.7. TÍTULO VII (2) 

Economía y Hacienda


Artículo 135 (Estabilidad presupuestaria. Deuda pública)

1. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.

2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros.

Una Ley Orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.

3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por ley para emitir deuda pública o contraer crédito.

Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión.

El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación con el producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.

5. Una Ley Orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las Administraciones Públicas en materia de política fiscal y financiera. En todo caso, regulará:

a) La distribución de los límites de déficit y de deuda entre las distintas Administraciones Públicas, los supuestos excepcionales de superación de los mismos y la forma y plazo de corrección de las desviaciones que sobre uno y otro pudieran producirse.

b) La metodología y el procedimiento para el cálculo del déficit estructural.

c) La responsabilidad de cada Administración Pública en caso de incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

6. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.

 

Artículo 136 (El Tribunal de Cuentas)

1. El Tribunal de Cuentas es el supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica de Estado, así como del sector público.

Dependerá directamente de las Cortes Generales y ejercerá sus funciones por delegación de ellas en el examen y comprobación de la Cuenta General del Estado.

2. Las cuentas del Estado y del sector público estatal se rendirán al Tribunal de Cuentas y serán censuradas por éste.

El Tribunal de Cuentas, sin perjuicio de su propia jurisdicción, remitirá a las Cortes Generales un informe anual en el que, cuando proceda, comunicará las infracciones o responsabilidades en que, a su juicio, se hubiere incurrido.

3. Los miembros del Tribunal de Cuentas gozarán de la misma independencia e inamovilidad y estarán sometidos a las mismas incompatibilidades que los Jueces.

4. Una Ley Orgánica regulará la composición, organización y funciones del Tribunal de Cuentas.



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TEMARIO GUARDIA CIVIL GRATIS Y ACTUALIZADO. TEMA 4. DERECHO CONSTITUCIONAL (24). CE (24): TÍTULO VII (1)

TEMA 4 del TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES GUARDIA CIVIL (GRATIS Y ACTUALIZADO), referente al DERECHO CONSTITUCIONAL. Entre esta entrega y la siguiente analizaremos el contenido del TÍTULO VII de la CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978: "ECONOMÍA Y HACIENDA".


Este tema es válido para cualquier Oposición que requiera el estudio de la Constitución Española y/o Derecho Constitucional.


Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).



TEMA 4: DERECHO CONSTITUCIONAL 


4.1. CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978 


4.1.7. TÍTULO VII (1) 

Economía y Hacienda


El TÍTULO VII de la Constitución Española de 1978 no está dividido en Capítulos, y abarca los artículos del 128 al 136 (ambos inclusive). 


Artículo 128 (Función pública de la riqueza)

1. Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.

2. Se reconoce la iniciativa pública en la actividad económica. Mediante ley se podrá reservar al sector público recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio y asimismo acordar la intervención de empresas cuando así lo exigiere el interés general.

 

Artículo 129 (Participación en la empresa y en los organismos públicos)

1. La ley establecerá las formas de participación de los interesados en la Seguridad Social y en la actividad de los organismos públicos cuya función afecte directamente a la calidad de la vida o al bienestar general.

2. Los poderes públicos promoverán eficazmente las diversas formas de participación en la empresa y fomentarán, mediante una legislación adecuada, las sociedades cooperativas.

También establecerán los medios que faciliten el acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción.

 

Artículo 130 (Desarrollo del sector económico)

1. Los poderes públicos atenderán a la modernización y desarrollo de todos los sectores económicos y, en particular, de la agricultura, de la ganadería, de la pesca y de la artesanía, a fin de equiparar el nivel de vida de todos los españoles.

2. Con el mismo fin, se dispensará un tratamiento especial a las zonas de montaña.

 

Artículo 131 (Planificación de la actividad económica)

1. El Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa distribución.

2. El Gobierno elaborará los proyectos de planificación, de acuerdo con las previsiones que le sean suministradas por las Comunidades Autónomas y el asesoramiento y colaboración de los sindicatos y otras organizaciones profesionales, empresariales y económicas. A tal fin se constituirá un Consejo, cuya composición y funciones se desarrollarán por ley.

 

Artículo 132 (Bienes de dominio público)

1. La ley regulará el régimen jurídico de los bienes de dominio público y de los comunales, inspirándose en los principios de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad, así como su desafectación.

2. Son bienes de dominio público estatal los que determine la ley y, en todo caso, la zona marítimo-terrestre, las playas, el mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental.

3. Por ley se regularán el Patrimonio del Estado y el Patrimonio Nacional, su administración, defensa y conservación.

 

Artículo 133 (Potestad tributaria)

1. La potestad originaria para establecer los tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante ley.

2. Las Comunidades Autónomas y las Corporaciones locales podrán establecer y exigir tributos, de acuerdo con la Constitución y las leyes.

3. Todo beneficio fiscal que afecte a los tributos del Estado deberá establecerse en virtud de ley.

4. Las administraciones públicas sólo podrán contraer obligaciones financieras y realizar gastos de acuerdo con las leyes.

 

Artículo 134 (Los Presupuestos Generales del Estado)

1. Corresponde al Gobierno la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y a las Cortes Generales, su examen, enmienda y aprobación.

2. Los Presupuestos Generales del Estado tendrán carácter anual, incluirán la totalidad de los gastos e ingresos del sector público estatal y en ellos se consignará el importe de los beneficios fiscales que afecten a los tributos del Estado.

3. El Gobierno deberá presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado al menos 3 meses antes de la expiración de los del año anterior.

4. Si la Ley de Presupuestos no se aprobara antes del primer día del ejercicio económico correspondiente, se considerarán automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos.

5. Aprobados los Presupuestos Generales del Estado, el Gobierno podrá presentar proyectos de ley que impliquen aumento del gasto público o disminución de los ingresos correspondientes al mismo ejercicio presupuestario.

6. Toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación.

7. La Ley de Presupuestos no puede crear tributos. Podrá modificarlos cuando una ley tributaria sustantiva así lo prevea.




TEST DE CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA TÍTULO VI (ONLINE)

TEST DE CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA TÍTULO VI (ONLINE)
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TEST DE CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA TÍTULO VI

Entre las cuatro respuestas posibles, señala cuál es la correcta:









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RESPUESTAS TEST CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA TÍTULO VI:

  • 1- a) Es nombrado por el Rey, a propuesta del Gobierno, oído el Consejo General del Poder Judicial.
  • 2- c) Está integrado por el Presidente del Tribunal Supremo y por veinte miembros nombrados por el Rey por un período de cinco años.
  • 3- d) Articulo 117.5
  • 4- b) El Tribunal Supremo.
  • 5- c) Unidad de actuación y dependencia jerárquica.
  • 6- b) Doce.
  • 7- b) Cuatro.
  • 8- a) Mediante la institución del Jurado.
  • 9- d) De todos los anteriores.
  • 10- b) El Rey, a propuesta del Consejo General del Poder Judicial.

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