TEST DE SINÓNIMOS Y ANTÓNIMOS ONLINE 43

TEST DE SINÓNIMOS Y ANTÓNIMOS ONLINE 43
test de sinónimos y antónimos online

TEST DE SINÓNIMOS Y ANTÓNIMOS 43 interactivo online, gratis y con respuestas, parte de nuestras SECCIÓN DE TEST DE SINÓNIMOS Y ANTÓNIMOS. Nuestros test de vocabulario son ideales para estudiantes y para la preparación de Oposiciones (Guardia Civil, Policía Nacional, Renfe, Auxiliar Administrativo...).


✔TEST DE SINÓNIMOS Y ANTÓNIMOS ONLINE 43



RESPUESTAS TEST DE SINÓNIMOS Y ANTÓNIMOS ONLINE 43

  • 1- c) Humillar
  • 2- d) Todas las palabras anteriores son sinónimos de “agravio”.
  • 3- a) Coincidir
  • 4- c) Frívolo
  • 5- d) Todas las palabras anteriores son sinónimos de “evocar”.
  • 6- c) Impávido
  • 7- a) Rollizo
  • 8- d) Infundir
  • 9- b) Rendido
  • 10- a) Preciso


DESCUBRE OTROS TEST Y SECCIONES DE NUESTRO BLOG:



© Test de Oposiciones Online


TEMARIO GUARDIA CIVIL GRATIS Y ACTUALIZADO. TEMA 5. DERECHO DE LA UE (19). TRATADO DE LA UE (19). DISPOSICIONES FINALES (2)

temario guardia civil 2022 gratis

 

 TEMA 5 del TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES GUARDIA CIVIL (GRATIS Y ACTUALIZADO), referente al DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA. Este tema es válido para cualquier Oposición que requiera el estudio del TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA y/o EL TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA.


Continuamos con el Tema 5 del Temario gratis y actualizado para las Oposiciones de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, concretamente con la segunda parte del contenido del TÍTULO VI del TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA, que expresa sus DISPOSICIONES FINALES. 

 

Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).



 

TEMA 5: DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA (19)


5.1. TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA (19)


TÍTULO VI (2)

DISPOSICIONES FINALES  


PROCEDIMIENTOS DE REVISIÓN SIMPLIFICADOS


  • El Gobierno de cualquier Estado miembro, el Parlamento Europeo o la Comisión podrán presentar al Consejo Europeo proyectos de revisión de la totalidad o parte de las disposiciones de la tercera parte del Tratado de Funcionamiento de la UE, relativas a las políticas y acciones internas de la Unión.

  • El Consejo Europeo podrá adoptar una decisión que modifique la totalidad o parte de las disposiciones mencionadas en el punto anterior. El Consejo Europeo se pronunciará por unanimidad previa consulta al Parlamento Europeo y a la Comisión, así como al Banco Central Europeo en el caso de modificaciones institucionales en el ámbito monetario. Dicha decisión sólo entrará en vigor una vez que haya sido aprobada por los Estados miembros, de conformidad con sus respectivas normas constitucionales.




INGRESO Y RETIRADA DE LA UNIÓN EUROPEA


  • Cualquier Estado europeo que respete los “VALORES” y se comprometa a promoverlos podrá solicitar el ingreso como miembro en la Unión. Se informará de esta solicitud al Parlamento Europeo y a los Parlamentos nacionales. El Estado solicitante dirigirá su solicitud al Consejo, que se pronunciará por unanimidad después de haber consultado a la Comisión y previa aprobación del Parlamento Europeo, el cual se pronunciará por mayoría de los miembros que lo componen. Se tendrán en cuenta los criterios de elegibilidad acordados por el Consejo Europeo.

  • Todo Estado miembro podrá decidir, de conformidad con sus normas constitucionales, retirarse de la Unión. Dicho Estado notificará su intención al Consejo Europeo. A la luz de las orientaciones del Consejo Europeo, la Unión negociará y celebrará con ese Estado un acuerdo que establecerá la forma de su retirada, teniendo en cuenta el marco de sus relaciones futuras con la Unión. El Consejo lo celebrará en nombre de la Unión por mayoría cualificada, previa aprobación del Parlamento Europeo.


Los Tratados dejarán de aplicarse al Estado de que se trate a partir de la fecha de entrada en vigor del acuerdo de retirada o, en su defecto, a los 2 años de la notificación a que se refiere el apartado anterior, salvo si el Consejo Europeo, de acuerdo con dicho Estado, decide por unanimidad prorrogar dicho plazo.



En la siguiente entrega iniciamos el estudio del Bloque 2 del Tema 5 del Temario para las Oposiciones Guardia Civil, referente al TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA.








TEMARIO GUARDIA CIVIL GRATIS Y ACTUALIZADO. TEMA 5. DERECHO DE LA UE (18). TRATADO DE LA UE (18). DISPOSICIONES FINALES (1)

temario guardia civil 2022 gratis

 

TEMA 5 del TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES GUARDIA CIVIL (GRATIS Y ACTUALIZADO), referente al DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA. Este tema es válido para cualquier Oposición que requiera el estudio del TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA y/o EL TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA.


Seguimos publicando el Tema 5 del Temario gratis y actualizado para las Oposiciones de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, viendo en esta ocasión la primera parte del contenido del TÍTULO VI del TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA, que expresa sus DISPOSICIONES FINALES. 

 

Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).



 

TEMA 5: DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA (18)


5.1. TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA (18)


TÍTULO VI (1)

DISPOSICIONES FINALES  


LOS TRATADOS PODRÁN MODIFICARSE con arreglo a un PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN ORDINARIO o a PROCEDIMIENTOS DE REVISIÓN SIMPLIFICADOS:


 

PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN ORDINARIO


1. El Gobierno de un Estado miembro, el Parlamento Europeo o la Comisión podrán presentar al Consejo proyectos de revisión de los Tratados. Estos proyectos podrán tener por finalidad, entre otras cosas, la de aumentar o reducir las competencias atribuidas a la Unión en los Tratados. El Consejo remitirá dichos proyectos al Consejo Europeo y los notificará a los Parlamentos nacionales.


2. Si el Consejo Europeo, previa consulta al Parlamento Europeo y a la Comisión, adopta por mayoría simple una decisión favorable al examen de las modificaciones propuestas, el Presidente del Consejo Europeo convocará una Convención compuesta por representantes de los Parlamentos nacionales, de los Jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros, del Parlamento Europeo y de la Comisión. Cuando se trate de modificaciones institucionales en el ámbito monetario, se consultará también al Banco Central Europeo. La Convención examinará los proyectos de revisión y adoptará por consenso una recomendación dirigida a una Conferencia de representantes de los Gobiernos de los Estados miembros.


3. El Presidente del Consejo convocará una Conferencia de representantes de los Gobiernos de los Estados con el fin de que se aprueben de común acuerdo las modificaciones que deban introducirse en los Tratados.


4. Las modificaciones entrarán en vigor después de haber sido ratificadas por todos los Estados miembros de conformidad con sus respectivas normas constitucionales.


5. Si, transcurrido un plazo de 2 años desde la firma de un tratado modificativo de los Tratados, las 4/5 partes de los Estados miembros lo han ratificado y 1 o varios Estados miembros han encontrado dificultades para proceder a dicha ratificación, el Consejo Europeo examinará la cuestión.









TEMARIO GUARDIA CIVIL. TEMA 5. DERECHO DE LA UE (16). TRATADO DE LA UE (16). DISPOSICIONES GENERALES RELATIVAS A LA ACCIÓN EXTERIOR DE LA UNIÓN

temario guardia civil 2022 gratis


TEMA 5 del TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES GUARDIA CIVIL (GRATIS Y ACTUALIZADO), referente al DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA. Este tema es válido para cualquier Oposición que requiera el estudio del TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA y/o EL TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA.


Continuamos con la publicación del contenido del Tema 5 del Temario gratis y actualizado para las Oposiciones de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, y concretamente de la primera parte del  TÍTULO V del TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA, que estipula las DISPOSICIONES GENERALES RELATIVAS A LA ACCIÓN EXTERIOR DE LA UNIÓN Y DISPOSICIONES ESPECÍFICAS RELATIVAS A LA POLÍTICA EXTERIOR Y DE SEGURIDAD COMÚN. 

 

Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).



 

TEMA 5: DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA (16)


5.1. TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA (16)


TÍTULO V (1)

DISPOSICIONES GENERALES RELATIVAS A LA ACCIÓN EXTERIOR DE LA UNIÓN Y DISPOSICIONES ESPECÍFICAS RELATIVAS A LA POLÍTICA EXTERIOR Y DE SEGURIDAD COMÚN 


La política común de seguridad y defensa forma parte integrante de la política exterior y de seguridad común. Ofrece a la Unión una capacidad operativa basada en medios civiles y militares. La Unión podrá recurrir a dichos medios en misiones (1) fuera de la Unión que tengan por objetivo garantizar el mantenimiento de la paz, la prevención de conflictos y el fortalecimiento de la seguridad internacional, conforme a los principios de la Carta de las Naciones Unidas. La ejecución de estas tareas se apoyará en las capacidades proporcionadas por los Estados miembros.


Los Estados miembros se comprometen a mejorar progresivamente sus capacidades militares. La Agencia en el ámbito del desarrollo de las capacidades de defensa, la investigación, la adquisición y el armamento (en lo sucesivo denominada "Agencia Europea de Defensa") determina las necesidades operativas, fomenta medidas para satisfacerlas, contribuye a definir y, en su caso, a aplicar cualquier medida oportuna para reforzar la base industrial y tecnológica del sector de la defensa, participa en la definición de una política europea de capacidades y de armamento y asiste al Consejo en la evaluación de la mejora de las capacidades militares.


El Consejo adoptará por unanimidad, a propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad o a iniciativa de un Estado miembro, las decisiones relativas a la política común de seguridad y defensa. El Alto Representante podrá proponer que se recurra a medios nacionales y a los instrumentos de la Unión, en su caso conjuntamente con la Comisión.


El Consejo podrá encomendar la realización de una misión, en el marco de la Unión, a un grupo de Estados miembros a fin de defender los valores y favorecer los intereses de la Unión.


Si un Estado miembro es objeto de una agresión armada en su territorio, los demás Estados miembros le deberán ayuda y asistencia con todos los medios a su alcance.


(1) Las misiones contempladas en el primer párrafo del presente Título, en las que la Unión podrá recurrir a medios civiles y militares, abarcarán las actuaciones conjuntas en materia de desarme, las misiones humanitarias y de rescate, las misiones de asesoramiento y asistencia en cuestiones militares, las misiones de prevención de conflictos y de mantenimiento de la paz, las misiones en las que intervengan fuerzas de combate para la gestión de crisis, incluidas las misiones de restablecimiento de la paz y las operaciones de estabilización al término de los conflictos. Todas estas misiones podrán contribuir a la lucha contra el terrorismo, entre otras cosas mediante el apoyo prestado a terceros países para combatirlo en su territorio.


El Consejo adopta las decisiones relativas estas misiones, y en ellas definirá el objetivo y el alcance de estas misiones y las normas generales de su ejecución. El Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, bajo la autoridad del Consejo y en contacto estrecho y permanente con el Comité Político y de Seguridad, se hará cargo de la coordinación de los aspectos civiles y militares de dichas misiones.





DESCUBRE OTRAS SECCIONES DE NUESTRO BLOG:



© Test de Oposiciones Online


TEMARIO GUARDIA CIVIL. TEMA 5. DERECHO DE LA UE (17). TRATADO DE LA UE (17). DISPOSICIONES GENERALES RELATIVAS A LA ACCIÓN EXTERIOR DE LA UNIÓN

temario guardia civil 2022 gratis


TEMA 5 del TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES GUARDIA CIVIL (GRATIS Y ACTUALIZADO), referente al DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA. Este tema es válido para cualquier Oposición que requiera el estudio del TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA y/o EL TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA.


Tema 5 del Temario gratis y actualizado para las Oposiciones de Cabos y Guardias de la Guardia Civil. En esta entrega vemos la segunda parte del TÍTULO V del TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA, que estipula las DISPOSICIONES GENERALES RELATIVAS A LA ACCIÓN EXTERIOR DE LA UNIÓN Y DISPOSICIONES ESPECÍFICAS RELATIVAS A LA POLÍTICA EXTERIOR Y DE SEGURIDAD COMÚN. 

 

Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).



 

TEMA 5: DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA (17)


5.1. TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA (17)


TÍTULO V (2)

DISPOSICIONES GENERALES RELATIVAS A LA ACCIÓN EXTERIOR DE LA UNIÓN Y DISPOSICIONES ESPECÍFICAS RELATIVAS A LA POLÍTICA EXTERIOR Y DE SEGURIDAD COMÚN 


La Agencia Europea de Defensa estará bajo la autoridad del Consejo y tendrá como misión:


a) Contribuir a definir los objetivos de capacidades militares de los Estados miembros y a evaluar el respeto de los compromisos de capacidades contraídos por los Estados miembros.


b) Fomentar la armonización de las necesidades operativas y la adopción de métodos de adquisición eficaces y compatibles.


c) Proponer proyectos multilaterales para cumplir los objetivos de capacidades militares y coordinar los programas ejecutados por los Estados miembros y la gestión de programas de cooperación específicos.


d) Apoyar la investigación sobre tecnología de defensa y coordinar y planificar actividades de investigación conjuntas y estudios de soluciones técnicas que respondan a las futuras necesidades operativas.


e) Contribuir a definir y, en su caso, aplicar cualquier medida oportuna para reforzar la base industrial y tecnológica del sector de la defensa y para mejorar la eficacia de los gastos militares.


 

Podrán participar en la Agencia Europea de Defensa todos los Estados miembros que lo deseen. El Consejo adoptará por mayoría cualificada una decisión en la que se determinará el estatuto, la sede y la forma de funcionamiento de la Agencia.


Los Estados miembros que cumplan criterios más elevados de capacidades militares y que hayan suscrito compromisos más vinculantes en la materia para realizar las misiones más exigentes establecerán una cooperación estructurada permanente en el marco de la Unión. Dichos Estados notificarán su intención al Consejo y al Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad.


En un plazo de 3 meses a partir de la notificación mencionada, el Consejo adoptará una decisión por la que se establezca la cooperación estructurada permanente y se fije la lista de los Estados miembros participantes. El Consejo, tras consultar al Alto Representante, se pronunciará por mayoría cualificada.


Cualquier Estado miembro que, con posterioridad, desee participar en la cooperación estructurada permanente, notificará su intención al Consejo y al Alto Representante.


Si un Estado miembro participante ya no cumple los criterios o ya no puede asumir los compromisos, el Consejo podrá tomar una decisión por la que se suspenda la participación de dicho Estado. El Consejo se pronunciará por mayoría cualificada. Únicamente participarán en la votación los miembros del Consejo que representen a los Estados participantes, con excepción del Estado miembro de que se trate.


Las decisiones y las recomendaciones del Consejo en el marco de la cooperación estructurada permanente, distintas de las contempladas en los supuestos anteriores, se adoptarán por unanimidad.


Si un Estado decide abandonar la cooperación estructurada permanente, notificará su decisión al Consejo, que tomará nota de que ha finalizado la participación de dicho Estado.





© Test de Oposiciones Online

ENTRADA DESTACADA

TEST 2 DE CULTURA GENERAL BÁSICA (15 PREGUNTAS)

TEST 2 DE CULTURA GENERAL BÁSICA ONLINE (15 PREGUNTAS) Test Online de Cultura General Básica online, gratis y con res...

ENTRADAS POPULARES