TEMA 5 del TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES GUARDIA CIVIL (GRATIS Y ACTUALIZADO), referente al DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA. Este tema es válido para cualquier Oposición que requiera el estudio del TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA y/o EL TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA.
En esta entrega comenzamos el estudio del contenido de la PRIMERA PARTE del TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA, que constituye el Bloque 2 del Tema 5 del Temario gratis y actualizado para las Oposiciones de Cabos y Guardias de la Guardia Civil.
Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).
TEMA 5: DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA (21)
5.1. TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA (2)
PRIMERA
PARTE (1)
PRINCIPIOS
El
Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea organiza
el funcionamiento de la Unión y determina los ámbitos, la delimitación
y las condiciones de ejercicio de sus competencias.
El
presente Tratado y el Tratado de la Unión Europea constituyen los Tratados sobre
los que se fundamenta la Unión. Estos dos Tratados, que tienen el mismo
valor jurídico, se designarán con la expresión "los Tratados".
CATEGORÍAS Y ÁMBITOS DE
COMPETENCIAS DE LA UNIÓN
Cuando
los Tratados atribuyan a la Unión una competencia exclusiva en un ámbito
determinado, sólo la Unión podrá legislar y adoptar
actos jurídicamente vinculantes, mientras que los Estados
miembros únicamente podrán hacerlo si son facultados por la Unión o para
aplicar actos de la Unión.
Cuando
los Tratados atribuyan a la Unión una competencia compartida con los
Estados miembros en un ámbito determinado, la Unión y los Estados
miembros podrán legislar y adoptar actos jurídicamente vinculantes en dicho
ámbito.
COMPETENCIAS EXCLUSIVAS DE LA
UNIÓN
La
Unión dispondrá de competencia exclusiva en los ámbitos siguientes:
1ª-
La unión aduanera.
2ª
- El establecimiento de las normas sobre competencias necesarias
para el funcionamiento del mercado interior.
3ª-
La política monetaria de los Estados miembros cuya moneda es el euro.
4ª-
La conservación de los recursos biológicos marinos dentro de la política
pesquera común.
5ª-
La política comercial común.
COMPETENCIAS COMPARTIDAS ENTRE
LOS ESTADOS Y LA UNIÓN
Las
competencias compartidas entre la Unión y los Estados miembros se aplicarán a
los siguientes ámbitos principales:
1ª-
El mercado interior.
2ª-
La política social, en los aspectos definidos en el presente Tratado.
3ª-
La cohesión económica, social y territorial.
4ª-
La agricultura y la pesca, con exclusión de la
conservación de los recursos biológicos marinos.
5ª-
El medio ambiente.
6ª-
La protección de los consumidores.
7ª-
Los transportes.
8ª-
Las redes transeuropeas.
9ª-
La energía.
10ª-
El espacio de libertad, seguridad y justicia.
11ª-
Los asuntos comunes de seguridad en materia de salud pública.
COMPETENCIAS DE LA UNIÓN PARA
APOYAR, COORDINAR O COMPLEMENTAR LA ACCIÓN DE LOS ESTADOS MIEMBROS
Los
ámbitos de estas acciones serán:
1ª-
La protección y mejora de la salud humana.
2ª-
La industria.
3ª-
La cultura.
4ª-
El turismo.
5ª-
La educación, la formación profesional, la juventud y el deporte.
6ª-
La protección civil.
7ª-
La cooperación administrativa.
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