TEMARIO GUARDIA CIVIL ACTUALIZADO 2023. TEMA 1 (66). LO 18/2003, DE COOPERACIÓN CON LA CORTE PENAL INTERNACIONAL (1)


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Tema 1 del Temario gratis para las Oposiciones Guardia Civil 2023 (DERECHOS HUMANOS). Con esta entrega iniciamos el estudio del punto 12 del TEMA 1 referente al LEY ORGÁNICA 18/2003, DE 10 DE DICIEMBRE, DE COOPERACIÓN CON LA CORTE PENAL INTERNACIONAL.

 

Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).



TEMA 1. DERECHOS HUMANOS



1.12. LEY ORGÁNICA 18/2003 DE 10 DE DICIEMBRE DE COOPERACIÓN CON LA CORTE PENAL INTERNACIONAL (1)


Tal y como ya hemos visto, el Estatuto de la Corte Penal Internacional fue adoptado por 120 Estados en Roma el 17 de julio 1998. Entre estos Estados se encontraba España, que lo ratificó el 24 de octubre de 2000. Dicho Estatuto entró en vigor el 1 de julio de 2002.


Desde la creación de la Corte Penal Internacional, nuestro país se ha situado entre los países más comprometidos con su labor. Con esta finalidad, las Cortes Generales aprobaron la Ley Orgánica 18/2003 de 10 de diciembre, de Cooperación con la Corte Penal Internacional.


La Ley de Cooperación con la Corte Penal Internacional regula los aspectos que permiten la aplicación concreta del Estatuto y la incorporación jurídica de España al sistema procesal y judicial de la Corte Penal Internacional.


De esta cooperación, uno de los aspectos más destacados, consiste en la petición por parte de la Corte Penal Internacional a los Estados para que los condenados a prisión cumplan la condena total o parcial en sus cárceles. Los Estados estudian estas peticiones y acceden o no a ellas. Este acuerdo, cuyo texto se corresponde a un modelo elaborado por la Corte, ordena el procedimiento de petición y de respuesta.


 

La Ley Orgánica 18/2003:

 

Publicada en BOE núm. 296 de 11 de Diciembre de 2003

Vigencia desde 12 de Diciembre de 2003

 

La Ley Orgánica 18/2003 consta de: 1 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS, 25 Artículos, 3 Disposiciones Adicionales y 2 Disposiciones Finales.


Veamos más detalladamente la composición de la Ley Orgánica de Cooperación con la Corte Penal Internacional:

 

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Artículo 1:  Objeto y fuentes jurídicas.

Artículo 2:  De la cooperación pasiva.

Artículo 3:  De la cooperación activa.

Artículo 4:  De las autoridades competentes.

Artículo 5:  De la representación y defensa procesal.

Artículo 6:  De los órganos de relación y consulta con la Corte.

Artículo 7:  De la solicitud para iniciar una investigación por el Fiscal de la Corte.

Artículo 8:  Del requerimiento de inhibición al Fiscal de la Corte.

Artículo 9:  De la impugnación de la competencia de la Corte o de la admisibilidad de la causa.

Artículo 10:  De la inhibición de la jurisdicción española a favor de la Corte.

Artículo 11:  De la detención.

Artículo 12:  De la libertad provisional.

Artículo 13:  De la entrega simplificada.

Artículo 14:  De la orden de comparecencia de un imputado ante la Corte.

Artículo 15:  De la entrega a la Corte.

Artículo 16:  De las solicitudes concurrentes.

Artículo 17:  De los recursos.

Artículo 18:  De la entrega temporal a la Corte.

Artículo 19:  De las actuaciones posteriores a la entrega.

Artículo 20:  De otras formas de cooperación con la Corte.

Artículo 21:  De las personas sujetas a la jurisdicción de la Corte.

Artículo 22:  De la ejecución de las penas en España.

Artículo 23:  De las medidas de reparación.

Artículo 24:  De la intervención de España en calidad de «amicus curiae».

Artículo 25:  De la celebración del juicio y otras actuaciones procesales en España.


DISPOSICIONES ADICIONALES

Disposición adicional primera:  Reglas de procedimiento y prueba de la Corte.

Disposición adicional segunda:  Del modo de proceder por los delitos contra la Administración de Justicia por la Corte.

Disposición adicional tercera:  De los órganos jurisdiccionales militares.


DISPOSICIONES FINALES

Disposición final primera:  Carácter de esta ley.

Disposición final segunda:  Entrada en vigor.

 

 

JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren.

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica.



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