Tema 1 del Temario gratis para las Oposiciones Guardia Civil 2023 (DERECHOS HUMANOS). Con esta entrega iniciamos el estudio del punto 12 del TEMA 1 referente al LEY ORGÁNICA 18/2003, DE 10 DE DICIEMBRE, DE COOPERACIÓN CON LA CORTE PENAL INTERNACIONAL.
Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).
TEMA 1. DERECHOS HUMANOS
1.12. LEY ORGÁNICA 18/2003 DE 10 DE DICIEMBRE DE COOPERACIÓN CON LA CORTE PENAL INTERNACIONAL (1)
Tal y como ya
hemos visto, el Estatuto de la Corte Penal Internacional fue adoptado por 120 Estados en Roma el
17 de julio 1998. Entre estos Estados se encontraba España, que lo ratificó el
24 de octubre de 2000. Dicho Estatuto entró en vigor el 1 de julio de 2002.
Desde la
creación de la Corte Penal Internacional, nuestro país se ha situado entre los
países más comprometidos con su labor. Con esta finalidad, las Cortes
Generales aprobaron la Ley Orgánica 18/2003 de 10 de diciembre, de
Cooperación con la Corte Penal Internacional.
La Ley de Cooperación
con la Corte Penal Internacional regula los aspectos que permiten la aplicación
concreta del Estatuto y la incorporación jurídica de España al sistema
procesal y judicial de la Corte Penal Internacional.
De esta
cooperación, uno de los aspectos más destacados, consiste en la petición
por parte de la Corte Penal Internacional a los Estados para que los condenados
a prisión cumplan la condena total o parcial en sus cárceles. Los Estados
estudian estas peticiones y acceden o no a ellas. Este acuerdo, cuyo texto se
corresponde a un modelo elaborado por la Corte, ordena el procedimiento de
petición y de respuesta.
La Ley
Orgánica 18/2003:
Publicada en BOE núm. 296 de 11 de Diciembre de 2003
Vigencia desde
12 de Diciembre de 2003
La Ley Orgánica
18/2003 consta de: 1 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS, 25 Artículos, 3
Disposiciones Adicionales y 2 Disposiciones Finales.
Veamos más
detalladamente la composición de la Ley Orgánica de Cooperación con la Corte
Penal Internacional:
Artículo 1: Objeto y fuentes jurídicas.
Artículo 2: De la cooperación pasiva.
Artículo 3: De la cooperación activa.
Artículo 4: De las autoridades competentes.
Artículo 5: De la representación y defensa procesal.
Artículo 6: De los órganos de relación y consulta con
la Corte.
Artículo 7: De la solicitud para iniciar una
investigación por el Fiscal de la Corte.
Artículo 8: Del requerimiento de inhibición al Fiscal
de la Corte.
Artículo 9: De la impugnación de la competencia de la
Corte o de la admisibilidad de la causa.
Artículo 10: De la inhibición de la jurisdicción
española a favor de la Corte.
Artículo 12: De la libertad provisional.
Artículo 13: De la entrega simplificada.
Artículo 14: De la orden de comparecencia de un
imputado ante la Corte.
Artículo 15: De la entrega a la Corte.
Artículo 16: De las solicitudes concurrentes.
Artículo 18: De la entrega temporal a la Corte.
Artículo 19: De las actuaciones posteriores a la
entrega.
Artículo 20: De otras formas de cooperación con la
Corte.
Artículo 21: De las personas sujetas a la jurisdicción
de la Corte.
Artículo 22: De la ejecución de las penas en España.
Artículo 23: De las medidas de reparación.
Artículo 24: De la intervención de España en calidad de
«amicus curiae».
Artículo 25: De la celebración del juicio y otras
actuaciones procesales en España.
Disposición
adicional primera: Reglas de
procedimiento y prueba de la Corte.
Disposición
adicional tercera: De los órganos
jurisdiccionales militares.
Disposición
final primera: Carácter de esta ley.
Disposición
final segunda: Entrada en vigor.
JUAN CARLOS
I REY DE ESPAÑA
A todos los que
la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han
aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica.