TEMARIO OPOSICIONES CORREOS 2016. TEMA 1. OBJETOS PROHIBIDOS EN LOS ENVÍOS POSTALES (II)

Temario Gratis Oposiciones de Correos 2016. Tema 1: La Red Postal. Objetos Prohibidos en los Envíos Postales (II).
Accede al Índice y a todo el contenido publicado: TEMARIO OPOSICIÓN DE CORREOS.
Continuamos con el tema 1, y en concreto con la segunda parte del punto 7: La Red Postal. Objetos Prohibidos en los Envíos Postales. Puedes leer la primera parte aquí: Objetos Prohibidos en los Envíos Postales (I)

 TEMA 1

7) OBJETOS PROHIBIDOS EN LOS ENVÍOS POSTALES (II)

5. Las materias explosivas, inflamables y otras peligrosas, salvo las biológicas perecederas, intercambiadas entre laboratorios oficialmente reconocidos, y las radiactivas depositadas por expedidores debidamente autorizados.
A estos efectos, se considerarán materias o sustancias radiactivas las que sobrepasen los límites establecidos en la legislación sobre energía nuclear y sobre transporte de mercancías peligrosas.
6. Los animales vivos, sin estar provistos de una autorización especial o ser intercambiados entre instituciones oficialmente reconocidas.
7. Los objetos cuyo tráfico sea constitutivo de delito.
8. Los objetos cuya naturaleza o embalaje puedan constituir un peligro para los empleados de los operadores postales que los manipulan o causar deterioro a otros envíos.
9. Los objetos cuya admisión o circulación esté prohibida en el país al que van destinados.
10. Los objetos cuya circulación esté prohibida en España, con arreglo a la normativa en vigor.
11. Los que se determine en convenios internacionales en los que España sea parte signataria.
12. Las baterías y las pilas de litio, vayan o no contenidas en un equipo, siempre que el envíos vaya a circular por vías aérea, tanto para envíos nacionales como internacionales.
13. En la admisión de los envíos internacionales que vayan a circular por vías aérea, es de obligado cumplimiento comprobar las prohibiciones específicas del país de destino y la lista de prohibiciones generales publicadas por la Unidad Internacional.
Según el Reglamento 1829/1999, de 3 de diciembre, en su artículo 17 referente a los artículos sometidos a reserva y estupefacientes, cuando un usuario desee que se le admitan para su curso postal artículos sometidos a régimen de reserva o estupefacientes, deberá presentar una autorización por duplicado en la oficina de depósito del operador postal (oficina de admisión), quedando uno de los ejemplares en dicha oficina, donde será archivado, y el otro acompañará al envío para su archivo en la oficina de destino.
En cuanto a la comprobación de los envíos, en el artículo 18 del citado Reglamente de Prestación de los Servicios Postales, aclara: “Cuando se sospeche racionalmente que un envío presentado en la oficina de admisión del operador postal contiene algún objeto cuya circulación por la red postal está prohibida o que no se ajuste al contenido declarado en el sobre o cubierta, se invitará al remitente a que lo abra y, si éste no lo hiciese, se denegará su admisión.
Los envíos postales solamente podrán ser detenidos o interceptados y, en su caso, abiertos, por resolución motivada de la autoridad judicial conforme a la ley.
El personal de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que desempeñe funciones de inspección postal, sólo podrá intervenir los envíos postales, en los términos que se definan reglamentariamente, cuando existan fundadas sospechas de que contienen un objeto prohibido o que no se ajusten al contenido declarado en su sobre o cubierta, siempre que sea preceptiva su previa declaración. El alcance de esta intervención quedará limitado al reconocimiento externo, visual o mediante máquinas, tanto de los envíos como de la documentación que los acompañe, y no afectará en ningún caso al secreto e inviolabilidad de los envíos postales. Se garantizará la destrucción inmediata de las imágenes tomadas.
Se excepcionan de lo dispuesto en el párrafo anterior los envíos que no contengan documentos de carácter actual y personal, cuyo contenido permita singularizar, de una forma directa o indirecta, a los destinatarios de los mismos.



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