TEMA 5 del TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES GUARDIA CIVIL (GRATIS Y ACTUALIZADO), referente al DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA. Este tema es válido para cualquier Oposición que requiera el estudio del TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA y/o EL TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA.
Continuamos con la publicación del contenido del Tema 5 del Temario gratis y actualizado para las Oposiciones de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, y concretamente de la primera parte del TÍTULO V del TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA, que estipula las DISPOSICIONES GENERALES RELATIVAS A LA ACCIÓN EXTERIOR DE LA UNIÓN Y DISPOSICIONES ESPECÍFICAS RELATIVAS A LA POLÍTICA EXTERIOR Y DE SEGURIDAD COMÚN.
Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).
TEMA 5: DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA (16)
5.1. TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA (16)
TÍTULO V (1)
DISPOSICIONES GENERALES RELATIVAS A LA ACCIÓN EXTERIOR DE LA UNIÓN Y DISPOSICIONES ESPECÍFICAS RELATIVAS A LA POLÍTICA EXTERIOR Y DE SEGURIDAD COMÚN
La
política común de seguridad y defensa forma parte integrante de la política
exterior y de seguridad común. Ofrece a la Unión una capacidad operativa
basada en medios civiles y militares. La Unión podrá recurrir a dichos
medios en misiones (1) fuera de la Unión que tengan por objetivo
garantizar el mantenimiento de la paz, la prevención de conflictos y
el fortalecimiento de la seguridad internacional, conforme a los
principios de la Carta de las Naciones Unidas. La ejecución de estas tareas se
apoyará en las capacidades proporcionadas por los Estados miembros.
Los
Estados miembros se comprometen a mejorar progresivamente sus capacidades
militares. La Agencia en el ámbito del desarrollo de las capacidades de
defensa, la investigación, la adquisición y el armamento (en lo
sucesivo denominada "Agencia Europea de Defensa")
determina las necesidades operativas, fomenta medidas para satisfacerlas,
contribuye a definir y, en su caso, a aplicar cualquier medida oportuna para
reforzar la base industrial y tecnológica del sector de la defensa, participa
en la definición de una política europea de capacidades y de armamento y asiste
al Consejo en la evaluación de la mejora de las capacidades
militares.
El
Consejo adoptará por unanimidad, a propuesta del Alto
Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad o
a iniciativa de un Estado miembro, las decisiones relativas a la
política común de seguridad y defensa. El Alto Representante podrá proponer
que se recurra a medios nacionales y a los instrumentos de la Unión, en su caso
conjuntamente con la Comisión.
El
Consejo podrá encomendar la realización de una misión, en el marco de la Unión,
a un grupo de Estados miembros a fin de defender los valores y favorecer los
intereses de la Unión.
Si
un Estado miembro es
objeto de una agresión armada en su territorio, los demás Estados
miembros le deberán ayuda y asistencia con todos los medios a su
alcance.
(1) Las misiones contempladas en el primer párrafo del presente Título, en las que la Unión podrá recurrir a medios civiles y militares, abarcarán las actuaciones conjuntas en materia de desarme, las misiones humanitarias y de rescate, las misiones de asesoramiento y asistencia en cuestiones militares, las misiones de prevención de conflictos y de mantenimiento de la paz, las misiones en las que intervengan fuerzas de combate para la gestión de crisis, incluidas las misiones de restablecimiento de la paz y las operaciones de estabilización al término de los conflictos. Todas estas misiones podrán contribuir a la lucha contra el terrorismo, entre otras cosas mediante el apoyo prestado a terceros países para combatirlo en su territorio.
El
Consejo adopta las decisiones relativas estas misiones, y
en ellas definirá el objetivo y el alcance de estas misiones y las normas
generales de su ejecución. El Alto Representante de la Unión para
Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, bajo la autoridad del Consejo
y en contacto estrecho y permanente con el Comité Político y de
Seguridad, se hará cargo de la coordinación de los aspectos
civiles y militares de dichas misiones.
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