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TEMARIO GUARDIA CIVIL GRATIS. TEMA 1 (48). PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA (2)

TEMA 1 TEMARIO GUARDIA CIVIL. PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA (2)

Tema 1 del Temario gratis para las Oposiciones Guardia Civil (DERECHOS HUMANOS). Con esta entrega finalizamos el resumen sobre el PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA.


Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).



TEMARIO PARA LA INCORPORACIÓN A LA ESCALA DE CABOS Y GUARDIAS DE LA GUARDIA CIVIL


TEMA 1. DERECHOS HUMANOS


1.9. PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA (2)


B) EL SUBCOMITÉ PARA LA PREVENCIÓN


PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE LOS MIEMBROS


Los Estados Partes elegirán a los miembros del Subcomité en votación secreta.


Las elecciones de los miembros del Subcomité para la Prevención se celebrarán en reuniones bienales de los Estados Partes convocadas por el Secretario General de la ONU.


Si durante el proceso de selección se determina que 2 nacionales de un Estado Parte reúnen las condiciones para ser miembros del Subcomité, el candidato que reciba el mayor número de votos será elegido miembro. En el caso de que ambos candidatos obtengan el mismo número de votos se aplicará el procedimiento siguiente:


a) Si solo 1 de los candidatos ha sido propuesto por el Estado Parte del que es nacional, quedará elegido miembro ese candidato.

b) Si ambos candidatos han sido propuestos por el Estado Parte del que son nacionales, se procederá a votación secreta por separado para determinar cuál de ellos será miembro.

c) Si ninguno de los candidatos ha sido propuesto por el Estado Parte del que son nacionales, se procederá a votación secreta por separado para determinar cuál de ellos será miembro.

Los miembros del Subcomité son elegidos por 4 años. Podrán ser reelegidos una vez si se presenta de nuevo su candidatura.



MESA. REGLAMENTO


El Subcomité para la Prevención elegirá su Mesa por un mandato de 2 años. Los miembros de la Mesa podrán ser reelegidos.


También establecerá su propio reglamento, que dispondrá, entre otras cosas, lo siguiente:


a) La mitad más uno de sus miembros constituirán quórum.

b) Las decisiones del Subcomité se tomarán por mayoría de votos de los miembros presentes.

c) Las sesiones serán privadas.

El Subcomité se reunirá en las ocasiones que determine su reglamento.


El Subcomité para la Prevención y el Comité contra la Tortura celebrarán sus períodos de sesiones simultáneamente al menos 1 vez al año.



VISITAS. RECOMENDACIONES. INFORMES


El Subcomité establecerá, primeramente, por sorteo, un programa de visitas periódicas a los Estados Partes.


Tras celebrar las consultas oportunas, el Subcomité notificará su programa a los Estados Partes para que éstos puedan, sin demora, adoptar las disposiciones prácticas necesarias para la realización de las visitas.


Las visitas serán realizadas por 2 miembros como mínimo del Subcomité. Estos miembros podrán ir acompañados de expertos de reconocida experiencia y conocimientos profesionales acreditados que serán seleccionados de una lista de expertos preparada de acuerdo con las propuestas hechas por los Estados Partes, la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos y el Centro de la ONU para la Prevención Internacional del Delito. Para la preparación de esta lista, los Estados Partes interesados propondrán un máximo de 5 expertos nacionales. El Estado Parte de que se trate podrá oponerse a la inclusión de un determinado experto en la visita, tras lo cual el Subcomité propondrá el nombre de otro experto.


El Subcomité, si lo considera oportuno, podrá proponer una breve visita de seguimiento después de la visita periódica.


Solo podrá objetarse a una visita a un determinado lugar de detención por razones urgentes y apremiantes de defensa nacional, seguridad pública, catástrofes naturales o disturbios graves en el lugar que deba visitarse, que impidan temporalmente la realización de esta visita. El Estado Parte no podrá hacer valer la existencia de un estado de excepción como tal para oponerse a una visita.


El Subcomité comunicará sus recomendaciones y observaciones con carácter confidencial al Estado Parte y, si fuera oportuno, al mecanismo nacional de prevención.


También presentará un informe público anual sobre sus actividades al Comité contra la Tortura.



C) MECANISMOS NACIONALES DE PREVENCIÓN


Los Estados Partes garantizarán la independencia funcional de los mecanismos nacionales de prevención, así como la independencia de su personal.


La información confidencial recogida por el mecanismo nacional de prevención tendrá carácter reservado. No podrán publicarse datos personales sin el consentimiento expreso de la persona interesada.



D) DISPOSICIONES FINANCIERAS


Los gastos que efectúe el Subcomité en la aplicación del presente Protocolo serán sufragados por la ONU.


Se crea un Fondo Especial con arreglo a los procedimientos de la Asamblea General en la materia, que será administrado de conformidad con el Reglamento Financiero y Reglamentación Financiera Detallada de la ONU, para contribuir a financiar la aplicación de las recomendaciones del Subcomité a un Estado Parte después de una visita, así como los programas de educación de los mecanismos nacionales de prevención.


Este Fondo Especial podrá estar financiado mediante contribuciones voluntarias de los gobiernos, organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y otras entidades privadas o públicas.









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TEMA 1 TEMARIO GUARDIA CIVIL. PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA (1)

Tema 1 del Temario gratis para las Oposiciones Guardia Civil (DERECHOS HUMANOS). Afrontamos ahora el estudio del siguiente punto del Temario: el PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA.


Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).



TEMARIO PARA LA INCORPORACIÓN A LA ESCALA DE CABOS Y GUARDIAS DE LA GUARDIA CIVIL


TEMA 1. DERECHOS HUMANOS


1.9. PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA (1)


El Protocolo Facultativo (Protocolo) de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (Convención), es un tratado internacional cuyo objetivo principal es el de promover la prevención de la tortura y los malos tratos en los lugares en los que haya personas privadas de su libertad, a través de un sistema de visitas periódicas a cargo de órganos internacionales y nacionales independientes.


El Protocolo fue aprobado por la Asamblea General de la ONU el 12 de diciembre de 2002 y entró en vigor el 22 de junio de 2006.


Consta de un Preámbulo y de 37 artículos contenidos en sus 7 partes.



A) MECANISMO NACIONAL DE PREVENCIÓN


Cada Parte establecerá, designará o mantendrá, a nivel nacional, 1 o varios órganos de visitas para la prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (“mecanismo nacional de prevención”).


Cada Parte permitirá las visitas a cualquier lugar bajo su jurisdicción y control donde se encuentren o pudieran encontrarse personas privadas de su libertad, bien por orden de una autoridad pública o a instigación suya o con su consentimiento expreso o tácito (“lugar de detención”). Estas visitas se llevarán a cabo con el fin de fortalecer, si fuera necesario, la protección de estas personas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.


Se entiende por privación de libertad cualquier forma de detención o encarcelamiento o de custodia de una persona por orden de una autoridad judicial o administrativa o pública, en una institución pública o privada de la cual no pueda salir libremente.



B) EL SUBCOMITÉ PARA LA PREVENCIÓN


COMPOSICIÓN. CANDIDATURAS


El Subcomité para la Prevención está compuesto por 25 miembros, elegidos entre personas de gran integridad moral y reconocida competencia en la administración de justicia, en particular en materia de derecho penal, administración penitenciaria o policial, o en las diversas materias que tienen que ver con el tratamiento de personas privadas de su libertad. No podrá tener 2 miembros de la misma nacionalidad.


El Subcomité se guiará por los principios de confidencialidad, imparcialidad, no selectividad, universalidad y objetividad.


En la composición se tendrá en cuenta una distribución geográfica equitativa de los miembros y la representación de las diferentes formas de civilización y sistemas jurídicos de los Estados Partes. Asimismo, la necesidad de una representación equilibrada de los géneros sobre la base de los principios de igualdad y no discriminación.


Los ejercen sus funciones a título personal, actúan con independencia e imparcialidad y deberán estar disponibles para prestar servicios con eficacia.


Cada Estado Parte podrá designar hasta 2 candidatos que posean las calificaciones, presentarán información detallada sobre las calificaciones de los candidatos, y:


a) Los candidatos deberán tener la nacionalidad de un Estado Parte en el presente Protocolo.


b) Al menos 1 de los 2 candidatos deberá tener la nacionalidad del Estado Parte que lo proponga.


c) No se podrá proponer la candidatura de más de 2 nacionales de un Estado Parte;


d) Un Estado Parte, antes de proponer la candidatura de un nacional de otro Estado Parte, deberá solicitar y obtener el consentimiento de éste.


Al menos 5 meses antes de la fecha de la reunión de los Estados Partes en que deba procederse a la elección, el Secretario General de la ONU enviará una carta a los Estados Partes invitándoles a que presenten sus candidaturas en un plazo de 3 meses. El Secretario General presentará una lista por orden alfabético de todos los candidatos designados de este modo, indicando los Estados Partes que los hayan designado.








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