Tema 1 del Temario gratis para las Oposiciones Guardia Civil (DERECHOS HUMANOS). Continuamos con el último punto del TEMA 1 referente al ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL, viendo en esta ocasión el apartado relativo al JUICIO.
Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).
TEMA 1. DERECHOS HUMANOS
1.11. ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL (12)
E) DEL JUICIO
(PARTE VI)
A menos que se decida
otra cosa, el juicio se celebrará en la sede de la Corte.
El acusado
estará presente durante el juicio, salvo que lo perturbe continuamente y
la Sala de Primera Instancia disponga que salga de ella.
La Sala de
Primera Instancia podrá, en caso de ser necesario para su funcionamiento eficaz
e imparcial, remitir cuestiones preliminares a la Sala de Cuestiones Preliminares
o, de ser necesario, a otro magistrado de la Sección de Cuestiones Preliminares
que esté disponible.
Al comenzar
el juicio, la Sala de
Primera Instancia dará lectura ante el acusado de los cargos confirmados
anteriormente por la Sala de Cuestiones Preliminares.
Durante el
juicio, el magistrado
presidente podrá impartir directivas para la sustanciación del
juicio, en particular para que éste sea justo e imparcial.
Incumbirá al
Fiscal probar la culpabilidad del acusado.
El juicio es público.
No obstante, las Salas de la Corte podrán, a fin de proteger a las
víctimas y los testigos o a un acusado, decretar que una parte del
juicio se celebre a puerta cerrada o permitir la presentación de pruebas
por medios electrónicos u otros medios especiales. En particular, se aplicarán
estas medidas en el caso de una víctima de violencia sexual o de un menor de
edad que sea víctima o testigo, salvo decisión en contrario adoptada por la
Corte atendiendo a todas las circunstancias, especialmente la opinión de
la víctima o el testigo.
La Corte no
exigirá prueba de los hechos de dominio público, pero podrá incorporarlos en
autos.
Todos los
magistrados de la Sala
de Primera Instancia estarán presentes en cada fase del juicio y en todas
sus deliberaciones. Dichas deliberaciones serán secretas.
La Sala de
Primera Instancia fundamentará su fallo en su evaluación de las pruebas
y de la totalidad del juicio. El fallo se referirá únicamente a los hechos y
las circunstancias descritos en los cargos o las modificaciones a los cargos,
en su caso. La Corte podrá fundamentar su fallo únicamente en las pruebas
presentadas y examinadas ante ella en el juicio.
Los magistrados
procurarán adoptar su fallo por unanimidad, pero, de no ser posible,
éste será adoptado por mayoría.
El fallo
constará por escrito e incluirá una exposición fundada y completa de la evaluación
de las pruebas y las conclusiones. La Sala de Primera Instancia dictará un
fallo. Cuando no haya unanimidad, el fallo de la Sala de Primera Instancia
incluirá las opiniones de la mayoría y de la minoría. La lectura del fallo o de
un resumen de éste se hará en sesión pública.