TEMA 5 del TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES GUARDIA CIVIL (GRATIS Y ACTUALIZADO), referente al DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA. Este tema es válido para cualquier Oposición que requiera el estudio del TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA y/o EL TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA.
Siguiendo con el Bloque 2 del Tema 5 del Temario gratis y actualizado para las Oposiciones de Cabos y Guardias de la Guardia Civil: EL TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA, en esta entrega iniciamos el estudio de la COMISIÓN EUROPEA dentro de su Título III: Disposiciones sobre las Instituciones.
Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).
TEMA 5: DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA (6)
5.1. TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA (6)
TÍTULO III
DISPOSICIONES SOBRE LAS INSTITUCIONES (2)
1)
COMISIÓN EUROPEA (1)
A modo de resumen de lo que vamos a estudiar en los siguientes
párrafos, es preciso señalar que la Comisión Europea (CE) ostenta el poder
ejecutivo y la iniciativa legislativa. Es la institución de la Unión encargada
de proponer legislación, aplicar las decisiones comunitarias, defender los Tratados
de la Unión y se ocupa, por decirlo de un modo coloquial, de los “asuntos
diarios” de la Unión.
La Comisión opera de modo independiente a los Gobiernos
nacionales.
Tiene su sede en Bruselas (Bélgica). La actual Presidenta
de la Comisión es Ursula von der Leyen.
El mandato de la Comisión es de 5 años, renovable.
La
Comisión promoverá el interés general de la Unión y tomará las
iniciativas adecuadas con este fin. Velará por que se apliquen los Tratados y
las medidas adoptadas por las instituciones en virtud de éstos. Supervisará
la aplicación del Derecho de la Unión bajo el control del Tribunal
de Justicia de la Unión. Ejecutará el presupuesto y gestionará los
programas. Ejercerá funciones de coordinación, ejecución y gestión. Con
excepción de la política exterior y de seguridad común y de los demás casos
previstos por los Tratados, asumirá la representación exterior de la
Unión. Adoptará las iniciativas de la programación anual y plurianual de la
Unión con el fin de alcanzar acuerdos interinstitucionales.
Los
actos legislativos de la Unión sólo podrán adoptarse a propuesta de
la Comisión, excepto cuando los Tratados dispongan
otra cosa. Los demás actos se adoptarán a propuesta de la Comisión
cuando así lo establezcan los Tratados.
Los
miembros de la Comisión serán elegidos en razón de su competencia
general y de su compromiso europeo, de entre personalidades que ofrezcan plenas
garantías de independencia.
La
Comisión ejercerá sus responsabilidades con plena independencia.
La
Comisión nombrada
estará compuesta por 1 nacional de cada Estado miembro, incluidos
su Presidente y el Alto Representante de la Unión para Asuntos
Exteriores y Política de Seguridad (en la actualidad, Josep Borrell),
que será uno de sus Vicepresidentes. (Es
decir, la Comisión está compuesta por 1 miembro procedente de cada Estado
miembro. Dado que la Unión está compuesta de 27 Estados, el actual Ejecutivo
Comunitario consta de 27 miembros, incluidos su Presidenta, el Alto
Representante y demás Vicepresidentes y el resto de Comisarios).
LA COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN EUROPEA ES, A DÍA DE HOY,
LA SIGUIENTE:
- 1 Presidenta.
- 3 Vicepresidentes ejecutivos.
- 5 Vicepresidentes (incluido el Alto Representante de la Unión).
- 18 Comisarios.
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