TEMA 5 del TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES GUARDIA CIVIL (GRATIS Y ACTUALIZADO), referente al DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA. Este tema es válido para cualquier Oposición que requiera el estudio del TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA y/o EL TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA.
En esta entrega, seguimos publicando y analizando el Bloque 2 del Tema 5 del Temario actualizado para las Oposiciones de Cabos y Guardias de la Guardia Civil: EL TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA, con el contenido íntegro de su Título II: Disposiciones sobre los Principios Democráticos.
Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).
TEMA 5: DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA (4)
5.1. TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA (4)
TÍTULO II
DISPOSICIONES SOBRE LOS PRINCIPIOS DEMOCRÁTICOS
La
Unión respetará en todas sus actividades el principio de la
igualdad de sus ciudadanos, que se beneficiarán por igual de la
atención de sus instituciones, órganos y organismos. Será ciudadano de la
Unión toda persona que tenga la nacionalidad de un Estado miembro.
La ciudadanía de la Unión se añade a la ciudadanía nacional sin sustituirla.
El
funcionamiento de la Unión se basa en la democracia representativa.
Los
ciudadanos estarán directamente representados en la
Unión a través del Parlamento Europeo.
Los
Estados miembros estarán representados en el Consejo
Europeo por su Jefe de Estado o de Gobierno y en el Consejo
por sus Gobiernos, que serán democráticamente responsables, bien ante
sus Parlamentos nacionales, bien ante sus ciudadanos.
Todo
ciudadano tiene derecho a participar en la vida democrática de la Unión. Las
decisiones serán tomadas de la forma más abierta y próxima posible a los
ciudadanos.
Los
partidos políticos a escala europea contribuirán a formar la
conciencia política europea y a expresar la voluntad de los ciudadanos de la
Unión.
Las
instituciones mantendrán un diálogo abierto,
transparente y regular con las asociaciones representativas y la
sociedad civil. Asimismo, mantendrán entre sí una cooperación leal.
Con
objeto de garantizar la coherencia y la transparencia de las acciones de
la Unión, la Comisión Europea mantendrá amplias consultas con las
partes interesadas.
Un
grupo de al menos 1 millón de ciudadanos de la Unión, que sean
nacionales de un número significativo de Estados miembros, podrá
tomar la iniciativa de invitar a la Comisión Europea, en el marco
de sus atribuciones, a que presente una propuesta adecuada sobre
cuestiones que estos ciudadanos estimen que requieren un acto jurídico
de la Unión para los fines de la aplicación de los Tratados.
Los
Parlamentos nacionales contribuirán activamente al buen
funcionamiento de la Unión, para lo cual:
-
Serán informados por las instituciones de la Unión y recibirán notificación de
los proyectos de actos legislativos.
-
Participarán en los procedimientos de revisión de los Tratados.
-
Serán informados de las solicitudes de adhesión a la Unión.
-
Participarán, en el marco del espacio de libertad, seguridad y justicia, en los
mecanismos de evaluación de la aplicación de las políticas de la Unión en dicho
espacio, y estarán asociados al control político de Europol y
a la evaluación de las actividades de Eurojust.
-
Participarán en la cooperación interparlamentaria entre los Parlamentos
nacionales y con el Parlamento Europeo.
(Europol: La Agencia
de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol) es el órgano
encargado de facilitar las operaciones de lucha contra la delincuencia en el
seno de la UE).
(Eurojust: agencia de la UE encargada del refuerzo de la cooperación judicial entre los Estados miembros).
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