TEMARIO GUARDIA CIVIL ACTUALIZADO. TEMA 1 (62). ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL (11)

Tema 1 del Temario gratis para las Oposiciones Guardia Civil (DERECHOS HUMANOS). Continuamos con el último punto del TEMA 1 referente al ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL, finalizando el apartado referente a LA INVESTIGACIÓN Y EL ENJUICIAMIENTO.


Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).



TEMA 1. DERECHOS HUMANOS


1.11. ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL (11)



D) DE LA INVESTIGACIÓN Y EL ENJUICIAMIENTO (PARTE V) (2)



Procedimiento de detención:


El detenido será llevado sin demora ante la autoridad judicial competente del Estado de detención, que determinará si, de conformidad con el derecho de ese Estado la orden le es aplicable, la detención se llevó a cabo conforme a derecho, y si se han respetado los derechos del detenido.


El detenido tendrá derecho a solicitar de la autoridad competente del Estado la libertad provisional antes de su entrega.


La solicitud de libertad provisional será notificada a la Sala de Cuestiones Preliminares, que hará recomendaciones a la autoridad competente del Estado de detención.


Una vez que el Estado de detención haya ordenado la entrega, el detenido será puesto a disposición de la Corte tan pronto como sea posible.


La Sala de Cuestiones Preliminares revisará periódicamente su decisión en cuanto a la puesta en libertad o la detención, y podrá hacerlo en cualquier momento en que lo solicite el Fiscal o el detenido.


Esta misma Sala celebrará una audiencia para confirmar los cargos sobre la base de los cuales el Fiscal tiene la intención de pedir el procesamiento. La audiencia se celebrará en presencia del Fiscal y del imputado, así como de su defensor. A solicitud del Fiscal o de oficio, podrá celebrar una audiencia en ausencia del acusado, cuando éste haya renunciado a estar presente, haya huido o no sea posible encontrarlo. En este caso, el imputado estará representado por un defensor cuando la Sala de Cuestiones Preliminares resuelva que ello redunda en interés de la justicia.



En la audiencia, el imputado podrá:


a) Impugnar los cargos.


b) Impugnar las pruebas presentadas por el Fiscal.


c) Presentar pruebas.




La Sala de Cuestiones Preliminares:


a) Confirmará los cargos y asignará al acusado a una Sala de Primera Instancia.


b) No confirmará los cargos respecto de los cuales haya determinado que las pruebas son insuficientes.


c) Levantará la audiencia.


Una vez confirmados los cargos y antes de comenzar el juicio, el Fiscal, con autorización de la Sala de Cuestiones Preliminares y previa notificación al acusado, podrá modificar los cargos.






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