Tema 1 del Temario gratis para las Oposiciones Guardia Civil (DERECHOS HUMANOS). Continuamos con el último apartado del TEMA 1 referente al ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL, y con la segunda entrega sobre la COMPOSICIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA CORTE.
Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).
TEMA 1. DERECHOS HUMANOS
1.11. ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL (8)
Las Secciones - Las Salas
La Sección de Apelaciones se compone del Presidente
y otros 4 magistrados, la Sección de Primera Instancia de no
menos de 6 magistrados y la Sección de Cuestiones Preliminares de no
menos de 6 magistrados.
Los magistrados son asignados a las secciones
según la naturaleza de las funciones que corresponderán a cada una y sus
respectivas calificaciones y experiencia, de manera que en cada sección
haya una combinación apropiada de especialistas en derecho y procedimiento penales
y en derecho internacional.
La Sección de Primera Instancia y la Sección de Cuestiones
Preliminares estarán integradas predominantemente por magistrados que
tengan experiencia en procedimiento penal.
Las funciones judiciales de la Corte serán
realizadas en cada sección por las Salas:
a) La Sala de Apelaciones se compondrá
de todos los magistrados de la Sección de Apelaciones.
b) Las funciones de la Sala de Primera
Instancia serán realizadas por 3 magistrados de la Sección de
Primera Instancia.
c) Las funciones de la Sala de Cuestiones
Preliminares serán realizadas por 1 o 3 magistrados de la Sección de
Cuestiones Preliminares, de conformidad con el presente Estatuto y las Reglas
de Procedimiento y Prueba.
Se podrán constituir simultáneamente más de una Sala
de Primera Instancia o Sala de Cuestiones Preliminares cuando la gestión
eficiente del trabajo de la Corte así lo requiera.
Los magistrados asignados a las Secciones de Primera
Instancia y de Cuestiones Preliminares desempeñarán el cargo en esas
Secciones por un período de 3 años, y posteriormente hasta llevar a
término cualquier causa de la que hayan empezado a conocer en la sección de que
se trate.
Los magistrados asignados a la Sección de Apelaciones
desempeñarán el cargo en esa Sección durante todo su mandato y lo harán únicamente
en esa Sección.
El Fiscal o la persona objeto de investigación o
enjuiciamiento podrá pedir la recusación de un magistrado. Las
cuestiones relativas a dicha recusación de un magistrado serán dirimidas por mayoría
absoluta de los magistrados.
La Fiscalía
La Fiscalía actúa en forma independiente como órgano
separado de la Corte. Está encargada de recibir remisiones e información
corroborada sobre crímenes de la competencia de la Corte para examinarlas y
realizar investigaciones o ejercitar la acción penal ante la Corte.
La Fiscalía está dirigida por el Fiscal, quien tiene
plena autoridad para dirigir y administrar la Fiscalía, con inclusión del
personal, las instalaciones y otros recursos. El Fiscal cuenta con la ayuda
de 1 o más fiscales adjuntos. El Fiscal y los fiscales adjuntos tienen
que ser de diferentes nacionalidades y desempeñar su cargo en régimen de
dedicación exclusiva.
El Fiscal es elegido en votación secreta y por mayoría
absoluta de los miembros de la Asamblea. Los fiscales adjuntos son
elegidos en la misma forma de una lista de candidatos presentada por el
Fiscal. El Fiscal propone 3 candidatos para cada puesto de fiscal
adjunto que deba cubrirse. Salvo que en el momento de la elección se fije un período
más breve, el Fiscal y los fiscales adjuntos desempeñarán su cargo por un
período de 9 años y no son reelegibles.
Las cuestiones relativas a la recusación del
Fiscal o de un fiscal adjunto serán dirimidas por la Sala de Apelaciones.