TEMA 1 (40) TEMARIO GRATIS OPOSICIONES GUARDIA CIVIL. PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS. PIDCP (3)

TEMA 1 TEMARIO GRATIS OPOSICIONES GUARDIA CIVIL. PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS. PIDCP (3)

Tema 1 del Temario gratis para las Oposiciones Guardia Civil. Hoy publicamos la tercera entrega del apartado correspondiente al PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS.


Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).



TEMARIO PARA LA INCORPORACIÓN A LA ESCALA DE CABOS Y GUARDIAS DE LA GUARDIA CIVIL


TEMA 1. DERECHOS HUMANOS


*LOS PACTOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS*


1.6. PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS (PIDCP) (3)


J) EL COMITÉ DE DERECHOS HUMANOS (COMITÉ)


El Comité se compone de 18 miembros, y son personas de gran integridad moral, con reconocida competencia en materia de derechos humanos (expertos independientes). Son elegidos por votación secreta. Cada Estado Parte (Parte) podrá proponer hasta 2 personas. Estas personas serán nacionales del Estado que las proponga. La misma persona podrá ser propuesta más de 1 vez.


Las reuniones del Comité tendrán lugar en Ginebra o el Nueva York (en la Sede de la ONU). Normalmente celebra 3 períodos de sesiones al año, de 3 semanas de duración cada uno de ellos.


Por lo menos 4 meses antes de la fecha de la elección del Comité, siempre que no se trate de una elección para llenar una vacante, el Secretario General de las Naciones Unidas (Secretario) invitará por escrito a los Estados Partes en el presente Pacto a presentar sus candidatos para el Comité en el término de 3 meses.


El Secretario preparará una lista por orden alfabético de los candidatos que hubieren sido presentados, con indicación de los Estados Partes que designen, y la comunicará a los Estados Partes, a más tardar 1 mes antes de la fecha de cada elección.


La elección de los miembros del Comité se celebrará en una reunión de las Partes convocada por el Secretario en la Sede de la Organización. En esa reunión, para la cual el quórum estará constituido por 2/3 de las Partes, quedarán elegidos miembros del Comité los candidatos que obtengan el mayor número de votos y la mayoría absoluta de los votos de los representantes de las Partes presentes y votantes.


El Comité no podrá comprender más de 1 nacional de un mismo Estado.


En la elección del Comité se tendrá en cuenta una distribución geográfica equitativa de los miembros y la representación de las diferentes formas de civilización y de los principales sistemas jurídicos.


Los miembros del Comité se elegirán por 4 años, y podrán ser reelegidos si se presenta de nuevo su candidatura.


Si los demás miembros estiman, por unanimidad, que un miembro del Comité ha dejado de desempeñar sus funciones por otra causa que la de ausencia temporal, el Presidente del Comité notificará este hecho al Secretario, quien declarará vacante el puesto de dicho miembro.


En caso de muerte o renuncia de un miembro, el Presidente lo notificará inmediatamente al Secretario, quien declarará vacante el puesto desde la fecha del fallecimiento o desde la fecha en que sea efectiva la renuncia.


Si se declara una vacante y si el mandato del miembro que ha de ser sustituido no expira dentro de los 6 meses que sigan a la declaración de dicha vacante, el Secretario lo notificará a cada uno de los Estados Partes, los cuales podrán presentar candidatos en el plazo de 2 meses.


El Secretario proporciona el personal y los servicios necesarios para el desempeño eficaz de las funciones del Comité.


El Secretario convoca la primera reunión del Comité en la Sede de la ONU. Después de su primera reunión, el Comité se reunirá en las ocasiones que se prevean en su reglamento.

El Comité elige su Mesa por un período de 2 años. Los miembros de la Mesa pueden ser reelegidos.


El Comité establece su propio reglamento, en el cual se dispondrá, entre otras cosas, que:


a) 12 miembros constituirán el quórum;


b) Las decisiones del Comité se tomarán por mayoría de votos de los miembros presentes.


Los miembros del Comité, previa aprobación de la Asamblea General de la ONU, percibirán emolumentos de los fondos de la ONU en la forma y condiciones que la Asamblea determine, teniendo en cuenta la importancia de las funciones del Comité.








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