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TEMARIO GUARDIA CIVIL ACTUALIZADO. TEMA 1 (51). CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA (3)

TEMA 1 TEMARIO GUARDIA CIVIL. CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA (3)

Tema 1 del Temario gratis para las Oposiciones Guardia Civil (DERECHOS HUMANOS). Con esta entrega concluimos el apartado relativo a la CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA.


Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).



TEMARIO PARA LA INCORPORACIÓN A LA ESCALA DE CABOS Y GUARDIAS DE LA GUARDIA CIVIL


TEMA 1. DERECHOS HUMANOS


1.10. CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA (3)




E) CIUDADANÍA (TITULO V)


. Todo ciudadano de la Unión tiene derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo y a las municipales del Estado miembro en que resida, en las mismas condiciones que los nacionales de dicho Estado.


. Los diputados al Parlamento Europeo serán elegidos por sufragio universal libre, directo y secreto.


. Toda persona tiene derecho a que las instituciones, órganos y organismos de la Unión traten sus asuntos imparcial y equitativamente y dentro de un plazo razonable.


Este derecho incluye en particular:


a) el derecho de toda persona a ser oída antes de que se tome en contra suya una medida individual que la afecte desfavorablemente.

b) el derecho de toda persona a acceder al expediente que le concierna, dentro del respeto de los intereses legítimos de la confidencialidad y del secreto profesional y comercial.

c) la obligación que incumbe a la administración de motivar sus decisiones.

. Toda persona podrá dirigirse a las instituciones de la Unión en una de las lenguas de los Tratados y deberá recibir una contestación en esa misma lengua.


. Todo ciudadano de la Unión y toda persona física o jurídica que resida o tenga su domicilio social en un Estado miembro tiene derecho a someter al Defensor del Pueblo Europeo los casos de mala administración en la actuación de las instituciones, órganos u organismos de la Unión, con exclusión del Tribunal de Justicia de la UE en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales.


. Todo ciudadano de la Unión y toda persona física o jurídica que resida o tenga su domicilio social en un Estado miembro tiene el derecho de petición ante el Parlamento Europeo.




F) JUSTICIA (TITULO VI)


. Toda persona tiene derecho a que su causa sea oída equitativa y públicamente y dentro de un plazo razonable por un juez independiente e imparcial, establecido previamente por la ley. Toda persona podrá hacerse aconsejar, defender y representar.


. Se prestará asistencia jurídica gratuita a quienes no dispongan de recursos suficientes siempre y cuando dicha asistencia sea necesaria para garantizar la efectividad del acceso a la justicia.




G) DISPOSICIONES COMUNES DE INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN (TITULO VII)


. Las disposiciones de la presente Carta están dirigidas a las instituciones, órganos y organismos de la Unión, dentro del respeto del principio de subsidiariedad, así como a los Estados miembros únicamente cuando apliquen el Derecho de la Unión.


. Dentro del respeto del principio de proporcionalidad, sólo podrán introducirse limitaciones (al ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en la Carta) cuando sean necesarias y respondan efectivamente a objetivos de interés general reconocidos por la Unión o a la necesidad de protección de los derechos y libertades de los demás.


. Las disposiciones de la presente Carta que contengan principios podrán aplicarse mediante actos legislativos y ejecutivos adoptados por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y por actos de los Estados miembros cuando apliquen el Derecho de la Unión, en el ejercicio de sus competencias respectivas. Sólo podrán alegarse ante un órgano jurisdiccional en lo que se refiere a la interpretación y control de la legalidad de dichos actos.









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TEMARIO GUARDIA CIVIL ACTUALIZADO. TEMA 1 (50). CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA (2)

TEMA 1 TEMARIO GUARDIA CIVIL. CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA (2)

Tema 1 del Temario gratis para las Oposiciones Guardia Civil (DERECHOS HUMANOS). Continuamos con el estudio de los puntos más destacados de la CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA.


Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).



TEMARIO PARA LA INCORPORACIÓN A LA ESCALA DE CABOS Y GUARDIAS DE LA GUARDIA CIVIL


TEMA 1. DERECHOS HUMANOS


1.10. CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA (2)



C) IGUALDAD (TITULO III)


. La Unión respeta la diversidad cultural, religiosa y lingüística.


. La igualdad entre mujeres y hombres deberá garantizarse en todos los ámbitos, inclusive en materia de empleo, trabajo y retribución.


El principio de igualdad no impide el mantenimiento o la adopción de medidas que supongan ventajas concretas en favor del sexo menos representado.


. En todos los actos relativos a los niños llevados a cabo por autoridades públicas o instituciones privadas, el interés superior del niño constituirá una consideración primordial.


. Todo niño tiene derecho a mantener de forma periódica relaciones personales y contactos directos con su padre y con su madre, salvo si ello es contrario a sus intereses.


. La Unión reconoce y respeta el derecho de las personas mayores a llevar una vida digna e independiente y a participar en la vida social y cultural.


. Asimismo, la Unión reconoce y respeta el derecho de las personas discapacitadas a beneficiarse de medidas que garanticen su autonomía, su integración social y profesional y su participación en la vida de la comunidad.




D) SOLIDARIDAD (TITULO IV)


. Deberá garantizarse a los trabajadores o a sus representantes, en los niveles adecuados, la información y consulta con suficiente antelación, en los casos y condiciones previstos en el Derecho de la Unión y en las legislaciones y prácticas nacionales.

. Toda persona tiene derecho a acceder a un servicio gratuito de colocación.


. Todo trabajador tiene derecho a:


a) protección en caso de despido injustificado.

b) trabajar en condiciones que respeten su salud, seguridad y dignidad.

c) Todo trabajador tiene derecho a la limitación de la duración máxima del trabajo y a períodos.

. Se prohíbe el trabajo infantil. La edad mínima de admisión al trabajo no podrá ser inferior a la edad en que concluye el período de escolaridad obligatoria, sin perjuicio de disposiciones más favorables para los jóvenes y salvo excepciones limitadas.


. Los jóvenes admitidos a trabajar deberán disponer de condiciones de trabajo adaptadas a su edad y estar protegidos contra la explotación económica o contra cualquier trabajo que pueda ser perjudicial para su seguridad, su salud, su desarrollo físico, psíquico, moral o social, o que pueda poner en peligro su educación.


. Con el fin de poder conciliar vida familiar y vida profesional, toda persona tiene derecho a ser protegida contra cualquier despido por una causa relacionada con la maternidad, así como el derecho a un permiso pagado por maternidad y a un permiso parental con motivo del nacimiento o de la adopción de un niño.


. La Unión reconoce y respeta el derecho de acceso a las prestaciones de seguridad social y a los servicios sociales que garantizan una protección en casos como la maternidad, la enfermedad, los accidentes laborales, la dependencia o la vejez, así como en caso de pérdida de empleo.


. Con el fin de combatir la exclusión social y la pobreza, la Unión reconoce y respeta el derecho a una ayuda social y a una ayuda de vivienda para garantizar una existencia digna a todos aquellos que no dispongan de recursos suficientes.


. La Unión reconoce y respeta el acceso a los servicios de interés económico general, con el fin de promover la cohesión social y territorial de la Unión.


. En las políticas de la Unión se integrarán y garantizarán, conforme al principio de desarrollo sostenible, un nivel elevado de protección del medio ambiente y la mejora de su calidad.


. En las políticas de la Unión se garantizará un nivel elevado de protección de los consumidores.








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TEMARIO GUARDIA CIVIL ACTUALIZADO. TEMA 1 (49). CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA (1)

TEMA 1 TEMARIO GUARDIA CIVIL. CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA (1)

Tema 1 del Temario gratis para las Oposiciones Guardia Civil (DERECHOS HUMANOS). Continuamos con el siguiente punto del Temario: la CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA.


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TEMARIO PARA LA INCORPORACIÓN A LA ESCALA DE CABOS Y GUARDIAS DE LA GUARDIA CIVIL


TEMA 1. DERECHOS HUMANOS


1.10. CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNIÓN EUROPEA (1)


La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea fue proclamada por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión el 7 de diciembre de 2000 en Niza, y se convirtió en norma vinculante en la Unión Europea el 1 de diciembre de 2009, con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa.


Se estructura en dos partes: un breve Preámbulo introductorio, y 7 Títulos que recogen 54 artículos que integran la Carta. Excepto el último de los títulos, que define el ámbito de aplicación de la Carta y los principios que rigen su interpretación, cada uno de los títulos trata sobre un derecho fundamental. Dichos derechos fundamentales son la dignidad, libertad, igualdad, solidaridad, ciudadanía y justicia.


Dentro del Preámbulo, podemos leer lo siguiente: “Consciente de su patrimonio espiritual y moral, la Unión está fundada sobre los valores indivisibles y universales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad y la solidaridad, y se basa en los principios de la democracia y el Estado de Derecho. Al instituir la ciudadanía de la Unión y crear un espacio de libertad, seguridad y justicia, sitúa a la persona en el centro de su actuación”.



A) DIGNIDAD (TITULO I)


. Nadie podrá ser condenado a la pena de muerte ni ejecutado.


. En el marco de la medicina y la biología se respetarán en particular:


a) El consentimiento libre e informado de la persona.

b) La prohibición de las prácticas eugenésicas, en particular las que tienen como finalidad la selección de las personas.

c) La prohibición de que el cuerpo humano o partes del mismo en cuanto tales se conviertan en objeto de lucro.

d) La prohibición de la clonación reproductora de seres humanos.



B) LIBERTADES (TITULO II)


. Toda persona tiene derecho a la protección de los datos de carácter personal que le conciernan.


. Estos datos se tratarán de modo leal, para fines concretos y sobre la base del consentimiento de la persona afectada o en virtud de otro fundamento legítimo previsto por la ley. Toda persona tiene derecho a acceder a los datos recogidos que le conciernan y a obtener su rectificación.


. El respeto de estas normas estará sujeto al control de una autoridad independiente.


. Se garantizan el derecho a contraer matrimonio y el derecho a fundar una familia según las leyes nacionales que regulen su ejercicio.


. Se respetan la libertad de los medios de comunicación y su pluralismo.


. Toda persona tiene derecho a la educación y al acceso a la formación profesional y permanente. Este derecho incluye la facultad de recibir gratuitamente la enseñanza obligatoria.


. Se garantiza el derecho de asilo dentro del respeto de las normas de la Convención de Ginebra y del Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados y de conformidad con el Tratado de la Unión Europea y con el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (en lo sucesivo denominados «los Tratados»).


. Se prohíben las expulsiones colectivas.


. Nadie podrá ser devuelto, expulsado o extraditado a un Estado en el que corra un grave riesgo de ser sometido a la pena de muerte, a tortura o a otras penas o tratos inhumanos o degradantes.








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