TEMARIO GUARDIA CIVIL GRATIS Y ACTUALIZADO. TEMA 5. DERECHO DE LA UE (7). TRATADO DE LA UE (7)

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TEMA 5 del TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES GUARDIA CIVIL (GRATIS Y ACTUALIZADO), referente al DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA. Este tema es válido para cualquier Oposición que requiera el estudio del TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA y/o EL TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA.


En esta entrega veremos la segunda parte de la COMISIÓN EUROPEA, una de las Instituciones de la UE, como parte del contenido del Título III: Disposiciones sobre las Instituciones del TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA (Bloque 2 del Tema 5 del Temario gratis y actualizado para las Oposiciones de Cabos y Guardias de la Guardia Civil).


Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).


 

TEMA 5: DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA (7)


5.1. TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA (7)


TÍTULO III 

DISPOSICIONES SOBRE LAS INSTITUCIONES (3)



1) COMISIÓN EUROPEA (2)



Elección y cese de los miembros


Los miembros de la Comisión serán seleccionados de entre los nacionales de los Estados miembros mediante un sistema de rotación estrictamente igual entre los Estados miembros que permita tener en cuenta la diversidad demográfica y geográfica del conjunto de dichos Estados. Este sistema será establecido por unanimidad por el Consejo Europeo.  


La diferencia entre el número total de los mandatos que ejerzan nacionales de dos determinados Estados miembros nunca podrá ser superior a 1.



Aparte de los casos de renovación periódica y fallecimiento, el mandato de los miembros de la Comisión concluirá individualmente por dimisión voluntaria o cese.


El miembro dimisionario, cesado o fallecido será sustituido por el resto de su mandato por un nuevo miembro de la misma nacionalidad, nombrado por el Consejo, de común acuerdo con el Presidente de la Comisión, previa consulta al Parlamento Europeo.


Un miembro de la Comisión presentará su dimisión si se lo pide el Presidente (eso incluye al Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad).


Todo miembro de la Comisión que deje de reunir las condiciones necesarias para el ejercicio de sus funciones o haya cometido una falta grave, podrá ser cesado por el Tribunal de Justicia, a instancia del Consejo, por mayoría simple, o de la Comisión.


 


El Presidente de la Comisión


- Definirá las orientaciones con arreglo a las cuales la Comisión desempeñará sus funciones.


- Determinará la organización interna de la Comisión velando por la coherencia, eficacia y colegialidad de su actuación.


- Nombrará Vicepresidentes, distintos del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, de entre los miembros de la Comisión.


El Presidente (la Presidenta, Ursula von der Leyen) es elegido por un período de 5 años.


Tras mantener las consultas apropiadas, el Consejo Europeo propondrá al Parlamento Europeo, por mayoría cualificada, un candidato al cargo de Presidente de la Comisión. El Parlamento elegirá al candidato por mayoría de los miembros que lo componen.


Si el candidato no obtiene la mayoría necesaria, el Consejo Europeo propondrá en el plazo de 1 mes, por mayoría cualificada, un nuevo candidato, y se realizará el mismo procedimiento reflejado en el párrafo anterior.


El Consejo, de común acuerdo con el Presidente/la Presidenta, adoptará la lista de los miembros de la Comisión que se proponga nombrar. Éstas serán seleccionadas, a partir de las propuestas presentadas por los Estados miembros.


El Presidente, el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y los demás miembros de la Comisión se someterán colegiadamente al voto de aprobación del Parlamento Europeo. La Comisión es nombrada por el Consejo Europeo, por mayoría cualificada.


La Comisión tendrá una responsabilidad colegiada ante el Parlamento Europeo. Éste podrá votar una moción de censura contra la Comisión. Si se aprueba dicha moción, los miembros de la Comisión deberán dimitir colectivamente de sus cargos y el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad deberá dimitir del cargo que ejerce en la Comisión.


La Comisión establecerá su reglamento interno con objeto de asegurar su funcionamiento y el de sus servicios. La Comisión publicará dicho reglamento.


Asimismo, publicará todos los años, al menos 1 mes antes de la apertura del período de sesiones del Parlamento Europeo, un informe general sobre las actividades de la Unión.





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