TEMARIO GUARDIA CIVIL GRATIS Y ACTUALIZADO. TEMA 3. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (5)

TEMA 3 del Temario gratis y actualizado para las Oposiciones Guardia Civil. Con esta entrega finalizamos el estudio de la POLÍTICA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS PARA PROTEGER LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO de la LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES


Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).



TEMA 3: PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 



3.1. LEY 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES (5)

3.1.2. POLÍTICA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS PARA PROTEGER LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO (CAPÍTULO II) (3)



Corresponde a las Administraciones públicas competentes en materia de salud laboral:


a) El establecimiento de medios adecuados para la evaluación y control de las actuaciones de carácter sanitario. Para ello, establecerán las pautas y protocolos de actuación, oídas las sociedades científicas, a los que deberán someterse los servicios sanitarios de las empresas.


b) La implantación de sistemas de información adecuados que permitan la elaboración, junto con las autoridades laborales competentes, de mapas de riesgos laborales, así como la realización de estudios epidemiológicos para la identificación y prevención de las patologías que puedan afectar a la salud de los trabajadores.


c) La supervisión de la formación que, en materia de prevención y promoción de la salud laboral, deba recibir el personal sanitario actuante en los servicios de prevención autorizados.


d) La elaboración y divulgación de estudios, investigaciones y estadísticas relacionados con la salud de los trabajadores.


 


Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo:


Es el órgano colegiado asesor de las Administraciones públicas en la formulación de las políticas de prevención y órgano de participación institucional en materia de seguridad y salud en el trabajo.


Estará integrada por 1 representante de cada CC.AA. y por igual número de miembros de la Administración General del Estado y, paritariamente con todos los anteriores, por representantes de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas.


Adoptará sus acuerdos por mayoría. A tal fin, los representantes de las Administraciones públicas tendrán cada uno 1 voto y 2 votos los de las organizaciones empresariales y sindicales.


La Comisión contará con 1 Presidente y 4 Vicepresidentes, uno por cada uno de los grupos que la integran. La Presidencia de la Comisión corresponderá al Secretario general de Empleo y Relaciones Laborales, recayendo la Vicepresidencia atribuida a la Administración General del Estado en el Subsecretario de Sanidad y Consumo.


La Secretaría de la Comisión, como órgano de apoyo técnico y administrativo, recaerá en la Dirección del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.


La Comisión funcionará en Pleno, en Comisión Permanente o en Grupos de Trabajo, conforme a la normativa que establezca el Reglamento interno que elaborará la propia Comisión.


La Comisión conocerá las actuaciones que desarrollen las administraciones públicas competentes en materia de promoción de la prevención de riesgos laborales, de asesoramiento técnico y de vigilancia y control, y podrá informar y formular propuestas en relación con dichas actuaciones, específicamente en lo referente a


  • Criterios y programas generales de actuación. Proyectos de disposiciones de carácter general.
  • Coordinación de las actuaciones desarrolladas por las administraciones públicas en materia laboral.
  • Coordinación entre las administraciones públicas en materia laboral, sanitaria y de Industria.



© Test de Oposiciones Online


ENTRADA DESTACADA

TEST 2 DE CULTURA GENERAL BÁSICA (15 PREGUNTAS)

TEST 2 DE CULTURA GENERAL BÁSICA ONLINE (15 PREGUNTAS) Test Online de Cultura General Básica online, gratis y con res...

ENTRADAS POPULARES