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OPOSICIONES CORREOS 2016. TEMA 1. MEDIOS DE FRANQUEO. SELLOS. SELLOS PERSONALIZADOS.

Temario Gratis Oposiciones de Correos 2016. Tema 1. Medios de Franqueo. Sellos de Correos. Sellos Personalizados "TUSELLO".
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Continuamos con el tema 1 del Temario para las Oposiciones de Correos, con el punto 10 del Tema 1: Medios de Franqueo. Sellos de Correos. Sellos Personalizados.
  
TEMA 1

10) MEDIOS DE FRANQUEO (I)
En el artículo 3 de la Ley Postal, de definen los medios de franqueo como “aquellos efectos o signos que acreditan el pago de los servicios postales a los operadores postales que presten servicios incluidos en el servicio postal universal”
“Se considerarán como tales medios los sellos de correos, que solo puede utilizar el operador designado con efecto liberatorio; los sobres; las tarjetas y cartas-sobres con sellos o signos distintivos previamente estampados; las impresiones de máquinas de franquear; y las estampillas de franqueo expedidas por distribuidoras automáticas instaladas por el operador designado, así como todos los artículos o productos que sean definidos mediante las correspondientes disposiciones como instrumentos de franqueo.

10.1. Sellos de correos. Sellos personalizados “TUSELLO”.
Los sellos son papeles pequeños engomados, con signos o figuras grabados, en los que constan las palabras “Correos” y “España” y también su valor liberatorio en euros.
Todos los productos postales pueden ser franqueados con sellos.
Según el artículo 61 del Reglamento de Prestación de los Servicios Postales (RD 1829/1999):
1. El sello de correos tiene poder liberatorio del importe del franquo en la cuantía que en el mismo se consigna.
2. El franqueo, mediante sellos,  requerirá su incorporación a la cubierta del envío de que se trate, adhiriéndose siempre que sea posible, en una única fila horizontal, en el ángulo superior derecho de la misma en que figura la dirección (anverso).
En el lado de la dirección de los envíos sólo podrán adherirse sellos de correos o etiquetas de servicio, pero nunca viñetas o etiquetas benéficas, publicitarias o de cualquier otra clase, salvo autorización concedida por el operador al que se ha encomendado la prestación del servicio postal universal (Correos).
En las viñetas o etiquetas benéficas, publicitarias y similares no podrán figurar las palabras «España» o «Correos», ni indicación alguna relativa al valor o de otra clase que pueda inducir a confusión con cualquier elemento de franqueo.
Solamente si se han emitido de forma oficial será válido el franqueo previamente estampado en sobres y tarjetas.
La emisión de sellos y de sobres y tarjetas con sellos previamente estampados, será propuesta por Correos y autorizada mediante resolución conjunta de los Subsecretarios de Fomento y de Hacienda y Administraciones Públicas.
Las emisiones se acomodarán a lo que dispongan, mediante resolución conjunta, el Subsecretario de Fomento y el Subsecretario de Hacienda y Administraciones Públicas. Esta resolución podrá establecer el plazo máximo de validez de los signos de franqueo. La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre realizará la fabricación física de los sellos.

Sellos personalizados
En 2007, Correos presentó un nuevo producto: el sello personalizado al que denomina “TUSELLO”, un servicio que permite transformar imágenes en sellos reales de Correos. El producto se comercializa en la sección de Filatelia de la página web de Correos.
Por medio de “TUSELLO”, el cliente puede personalizar los signos del franqueo, incorporando logotipos, imágenes o creaciones propias de tipo  artístico. Correos invita a través de este producto a realizar envíos de marketing directo; promocionar negocios, logos, productos, eventos o celebraciones; o realizar colecciones propias.
Los sellos son autoadhesivos y se presentan en pliegos de 25 sellos producidos por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, y con las siguientes palabras “España”, “Correos” y “TUSELLO”. En ellos viene impreso su valor de franqueo expresado en euros o una letra. Las medidas de los sellos son 28,8 x 40,9 mm, y tienen validez tanto en el ámbito nacional como internacional (teniendo en cuenta la tarifa del país a donde va dirigido el envío).
Las tarifas actuales son las siguientes:
-      Tarifa por pliego (25 sellos) para carta nacional ordinaria normalizada hasta 20 gramos.  (Tarifa A).
-      Tarifa por pliego (25 sellos) para carta nacional ordinaria no normalizada de hasta 20 gramos o bien de más de 20 a 50 gramos. (Tarifa A2).
-      Tarifa por pliego (25 sellos) para carta internacional ordinaria normalizada hasta 20 gramos. (Tarifa B-Europa).
-      Tarifa por pliego (25 sellos) para carta internacional ordinaria normalizada hasta 20 gramos (Tarifa C-Resto del Mundo).

Hay también que señalar que este tipo de sellos se podrán usar para el franqueo de otros productos nacionales o internacionales, pero se les añadirá el franqueo que falta.




TEMARIO OPOSICIONES CORREOS 2016. TEMA 1. PRECIOS DE LOS SERVICIOS POSTALES

Temario Gratis Oposiciones de Correos 2016. Tema 1. Los Precios de los Servicios Postales.
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Continuamos con el tema 1 del Temario para las Oposiciones de Correos, con el punto 9 del Tema 1: Los Precios de los Servicios Postales. 

TEMA 1

9) PRECIOS DE LOS SERVICIOS POSTALES

Según el artículo 34 de la Ley Postal, los precios que se aplican a los envíos incluidos en el SPU deben ser transparentes, asequibles y no discriminatorios, teniendo en cuenta los costes reales del servicio, de modo que ofrezcan incentivos para la prestación eficiente del mismo.

El operador designado deberá comunicar a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia tanto el establecimiento de nuevos precios como la modificación de los precios ya vigentes de los servicios prestados con obligaciones de servicio público con, al menos, 3 meses de antelación a la fecha prevista para su aplicación. Esta comunicación tendrá que acompañarse de una memoria justificativa del cumplimiento de los principios del presente artículo.

Así mismo quedarán exentos del pago del precio los siguientes servicios prestados por el operador designado para la prestación del servicio postal universal:
         a) Los envíos de cecogramas.
b) Los envíos a los que la Unión Postal Universal confiera tal derecho, con el alcance establecido en los instrumentos internacionales que hayan sido ratificados por España.

El Consejo de Administración de Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, S.A., acordó los precios de los productos y servicios postales y de telecomunicación prestados por Correos para 2015.

Para los servicios sometidos a obligaciones de servicio público dentro del servicio postal universal, la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, a propuesta del Ministerio de Fomento y previo informe de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, podrá establecer precios máximos y mínimos. Así mismo, para el citado ámbito, podrá determinarse la aplicación de precios uniformes en todo el territorio nacional.

Correos deberá respetar los principios de transparencia y no discriminación por lo que se refiere a las tarifas, teniendo en cuenta los costes evitados (si los envíos vienen clasificados, si se depositan en la cartería de destino, etc.) cuando se apliquen tarifas especiales a empresas, remitentes de envíos masivos o a los preparadores de los envíos de varios clientes. Estas tarifas se le propondrán también a cualquier cliente que utilice los mismos servicios en condiciones parecidas.




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