TEMARIO CORREOS 2016. TEMA 7. ADMISIÓN DE PRODUCTOS DE LA LÍNEA DE PAQUETERÍA (1). PAQUETE POSTAL NACIONAL.

Temario Gratis Oposiciones de Correos 2016. Tema 7: Admisión de Productos de la Línea de Paquetería (1). Paquete Postal Nacional.
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Continuamos con el Bloque II del tema 7 de las Oposiciones de Correos, referente a la Admisión de los Productos Postales. Ahora veremos con detalle la ADMISIÓN DE PRODUCTOS DE LA LÍNEA DE PAQUETERÍA, y, en concreto, la ADMISIÓN DEL PAQUETE POSTAL NACIONAL.

TEMA 7

BLOQUE II : LA ADMISIÓN DE LOS PRODUCTOS POSTALES

2. FASE INICIAL DE ENTRADA DE LOS ENVÍOS POSTALES

2.5. ADMISIÓN DE PRODUCTOS DE LA LÍNEA DE PAQUETERÍA (1)
Ante todo recordemos que todo envío que contenga mercancías peligrosas de las autorizadas para su circulación por correo ha de circular registrado, para poder conocer en todo momento el remitente y el destinatario.
Veamos ahora de modo individualizado la admisión de los distintos productos de la Línea de Paquetería.

2.5.1 Admisión del Paquete Postal Nacional
Es necesario que el cliente haya formalizado un contrato con Correos para poder solicitar este servicio.
En dicho contrato se estipularán determinados aspectos, entre otros, el modo de pago, los puntos de depósito de los envíos y el número mínimo de envíos a depositar (en ningún caso inferior a los 1000 envíos al mes).
En cuanto a la presentación de los envíos, lo harán acompañados de relación por duplicado -remesas de múltiples envíos- o de un impreso M-11A por envío. En este tipo de producto, será necesario introducir en IRIS los datos del remitente, los del destinatario, y de los valores añadidos del envío (si los hubiera). Tras la grabación de los datos, la aplicación IRIS generará una etiqueta que se adherirá al envío. En dicha etiqueta, además de reflejar el tipo de envío, también figurarán los datos del remitente y del destinatario, los valores añadidos, y el nº y código de barras del envío.
Por otro lado, tengamos presente que Correos permite la admisión de paquetes postales que sean devoluciones a una empresa que tiene contrato con Correos, aún en el caso de que el paquete o paquetes que recibió originariamente el destinatario le hubiesen llegado a través de otro operador distinto a Correos.

Paquete postal sin contrato
A pesar de lo mencionado en el apartado anterior, existen determinados casos en los que, como excepción a la regla, pueden admitirse paquetes postales a clientes sin contrato con Correos:     
  • Si el destinatario es un cliente que tiene suscrito acuerdo para el servicio de paquete postal y ha pactado esta excepción para los remitentes de sus envíos postales.
  • Si el envío consiste en la devolución de un paquete postal que fue enviado previamente al particular por un cliente con contrato.
  • Si el remitente del envío es una empresa del sector del libro acogida al programa POSTLIBRIS.

Modo de proceder en los casos anteriores:
Cuando se presente alguno de los casos anteriores, el empleado se asegurará de que se cumplen las condiciones necesarias para la admisión del paquete, y comprobará si el embalaje es o no el adecuado.
Si no es el adecuado, ofrecerá al cliente la posibilidad de sustituirlo, y en caso de que se niegue a dicha sustitución pero insista en el envío del paquete, se reflejará en el impreso M-11A dicha incidencia (por ejemplo: se admite a riesgo del remitente, o embalaje insuficiente, o embalaje defectuoso…).
A continuación, el empleado de la admisión se asegurará que el envío cumple con los límites de dimensiones y pesos exigibles al producto, grabará los datos referentes al remitente y al destinatario, y en caso de haberlos, los valores añadidos. Después calculará el importe correspondiente y se lo cobrará al cliente.
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