Temario
Gratis Oposiciones de Correos 2016. Tema 7: Admisión de Productos de la Línea
de Paquetería (1). Paquete Postal Nacional.
Continuamos
con el Bloque II del tema 7 de las Oposiciones de Correos, referente a la
Admisión de los Productos Postales. Ahora veremos con detalle la ADMISIÓN DE
PRODUCTOS DE LA LÍNEA DE PAQUETERÍA, y, en concreto, la ADMISIÓN DEL PAQUETE
POSTAL NACIONAL.
TEMA 7
BLOQUE
II : LA ADMISIÓN DE LOS PRODUCTOS POSTALES
2. FASE INICIAL DE
ENTRADA DE LOS ENVÍOS POSTALES
2.5. ADMISIÓN DE
PRODUCTOS DE LA LÍNEA DE PAQUETERÍA (1)
Ante todo recordemos que todo
envío que contenga mercancías peligrosas de las autorizadas para su circulación
por correo ha de circular registrado, para poder conocer en todo momento el
remitente y el destinatario.
Veamos ahora de modo individualizado la admisión de los distintos
productos de la Línea de Paquetería.
2.5.1 Admisión del Paquete Postal Nacional
Es necesario que el cliente haya formalizado un contrato con Correos
para poder solicitar este servicio.
En dicho contrato se estipularán determinados aspectos, entre otros,
el modo de pago, los puntos de depósito de los envíos y el número mínimo de
envíos a depositar (en ningún caso inferior a los 1000 envíos al mes).
En cuanto a la presentación de los envíos, lo harán acompañados de relación por duplicado -remesas de
múltiples envíos- o de un impreso M-11A
por envío. En este tipo de producto, será necesario introducir en IRIS los
datos del remitente, los del destinatario, y de los valores añadidos del envío
(si los hubiera). Tras la grabación de los datos, la aplicación IRIS generará
una etiqueta que se adherirá al envío. En dicha etiqueta, además de reflejar el
tipo de envío, también figurarán los datos del remitente y del destinatario,
los valores añadidos, y el nº y código de barras del envío.
Por otro lado, tengamos presente que Correos permite la admisión de
paquetes postales que sean devoluciones a una empresa que tiene contrato con
Correos, aún en el caso de que el paquete o paquetes que recibió
originariamente el destinatario le hubiesen llegado a través de otro operador
distinto a Correos.
Paquete postal sin contrato
A pesar de lo mencionado en el apartado anterior, existen determinados
casos en los que, como excepción a la regla, pueden admitirse paquetes postales
a clientes sin contrato con Correos:
- Si el destinatario es un cliente que tiene
suscrito acuerdo para el servicio de paquete postal y ha pactado esta excepción para los remitentes de sus envíos
postales.
- Si el envío consiste en la devolución de un
paquete postal que fue enviado previamente al particular por un cliente
con contrato.
- Si el remitente del envío es una empresa del
sector del libro acogida al programa POSTLIBRIS.
Modo de proceder en los casos anteriores:
Cuando se presente alguno de los casos anteriores, el empleado se
asegurará de que se cumplen las condiciones necesarias para la admisión del
paquete, y comprobará si el embalaje es o no el adecuado.
Si no es el adecuado, ofrecerá al cliente la posibilidad de
sustituirlo, y en caso de que se niegue a dicha sustitución pero insista en el
envío del paquete, se reflejará en el impreso M-11A dicha incidencia (por
ejemplo: se admite a riesgo del remitente,
o embalaje insuficiente, o embalaje defectuoso…).
A continuación, el empleado de la admisión se asegurará que el envío
cumple con los límites de dimensiones y pesos exigibles al producto, grabará
los datos referentes al remitente y al destinatario, y en caso de haberlos, los
valores añadidos. Después calculará el importe correspondiente y se lo cobrará
al cliente.