OPOSICIONES CORREOS 2016. TEMA 1. MEDIOS DE FRANQUEO. IMPRESIONES DE MÁQUINAS DE FRANQUEAR (II)

Temario Gratis Oposiciones de Correos 2016. Tema 1. Medios de Franqueo. Impresiones de Máquinas de Franquear (II).
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Continuamos con el tema 1 del Temario para las Oposiciones de Correos, con el punto 10 del Tema 1: Medios de Franqueo (III). Impresiones de Máquinas de Franquear (II).


TEMA 1


10) MEDIOS DE FRANQUEO (III)


10.2 Impresiones de máquinas de franquear (II).


Por su parte, Correos establece garantías para asegurar el correcto uso de la máquina: exige una fianza para garantizar los daños que se pueden producir por uso indebido, puede acceder al local donde está situada la máquina, etc.
Correos podrá revocar la autorización de franqueo a máquina al titular de la autorización, mediante notificación escrita, si se dan alguna de las circunstancias descritas a continuación:
·                   Cuando Correos retire la autorización a un modelo de máquina de franquear.
·                   Por uso irregular de la misma o incumplimiento de alguna de las condiciones establecidas en la normativa de uso.
·                   Si el titular de la autorización cesa su actividad de negocio por cualquier circunstancia.
·                   Si la sociedad titular de la autorización de máquina de franquear se disuelve, es absorbida, etc., o el titular de la autorización fallece.
·                   Por cualquier indicio de manipulación o uso fraudulento de los equipos.
·                   Cualquier otra causa que Correos considere justificada y afecte a la relación de confianza en la autorización.

Si por algún motivo, un titular de la máquina de franquear franqueado una serie de sobres o cubiertas perfectamente legibles que no ha utilizado, éste podrá solicitar la devolución del importe franqueado dentro de las 24 horas siguientes a la fecha de la impresión. Correos deducirá, con carácter general, el 10% del importe inutilizado, en concepto de gestión de devolución.
Las máquinas de franquear podrán quedar inutilizadas por inactividad a instancia de Correos o por falta de utilización durante un período ininterrumpido de 12 meses. Con todo, sus titulares podrán volver a utilizar en cualquier momento sus máquinas, comunicándoselo previamente a Correos.
Los envíos franqueados con máquinas de franquear se depositan en ventanilla, con los mismos criterios de clasificación y presentación que las remesas masivas de envíos, acompañados de albarán, y nunca se pueden depositar en buzones.
La fecha de la marca de franqueo debe coincidir con la fecha de depósito. Solo de admitirá como excepción envíos con fecha retrasada de hasta 24 horas siempre que en el momento de depósito el usuario presente los envíos con una estampación adicional (la segunda estampación) por importe de 0 euros, con la fecha del día de depósito.
Los envíos que se presenten con insuficiencia de franqueo podrán completar esa insuficiencia con sellos cuando sea el cliente quien aporte esos sellos y los adhiera en el momento de la admisión. La oficina no puede completar la insuficiencia con venta de sellos, lo hará mediante los medios de pago admitidos en oficina (franqueo pagado en oficina genérico o etiquetas generadas por IRIS). Por tanto, las formas de pagar la insuficiencia de franqueo son las siguientes:
·                   En efectivo (que dará lugar a que la Oficina estampe el sello de franqueo genérico en oficina en cada envío o adhiera etiquetas generadas por IRIS).
·                   Con una impresión adicional de máquina de franquear (recordemos que el envío puede llevar 2 impresiones como máximo).
·                   Sellos adheridos por el propio cliente.



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