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TEMARIO GUARDIA CIVIL ACTUALIZADO 2023. TEMA 1 (68). LO 18/2003, DE COOPERACIÓN CON LA CORTE PENAL INTERNACIONAL (3)

 


temario guardia civil gratis 2023


Tema 1 del Temario gratis para las Oposiciones Guardia Civil 2023 (DERECHOS HUMANOS). Tras el análisis de su EXPOSICIÓN DE MOTIVOS continuamos con el estudio del punto 12 del TEMA 1 referente al LEY ORGÁNICA 18/2003, DE 10 DE DICIEMBRE, DE COOPERACIÓN CON LA CORTE PENAL INTERNACIONAL.


 

Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).



TEMA 1. DERECHOS HUMANOS



1.12. LEY ORGÁNICA 18/2003 DE 10 DE DICIEMBRE DE COOPERACIÓN CON LA CORTE PENAL INTERNACIONAL (3)


 

Artículo 1 - Objeto y fuentes jurídicas

 

El objeto de esta ley orgánica es regular las relaciones de cooperación entre el Estado español y la Corte Penal Internacional en el ejercicio de la jurisdicción y funciones encomendadas a esta institución por el Estatuto de Roma de 17 de julio de 1998 -en lo sucesivo, el Estatuto- y su normativa complementaria, mediante la atribución de competencias a los órganos estatales y el establecimiento de procedimientos internos adecuados, aplicables en lo no previsto en el Estatuto y sus normas complementarias en la medida en que éstas resulten pertinentes, en particular las reglas de procedimiento y prueba, así como en los acuerdos específicos de cooperación que España pueda celebrar con la Corte.

 

Con carácter supletorio a esta ley se aplicarán las normas orgánicas y procesales de aplicación general.

 

 

Artículo 2 - De la cooperación pasiva


España prestará plena cooperación a la Corte Penal Internacional -en lo sucesivo, la Corte- de conformidad con lo prevenido en el Estatuto y en especial en su artículo 86.

 

 

Artículo 3 - De la cooperación activa


Los órganos judiciales y el Ministerio Fiscal podrán dirigir, por conducto del Ministerio de Justicia, solicitudes de cooperación a la Corte que se consideren necesarias en el marco de un proceso que se siguiere en España y en los casos y condiciones que establece el artículo 93.10 del Estatuto.

 

 

Artículo 4 - De las autoridades competentes

 

Son autoridades competentes para la aplicación de esta ley:

 

  • a) El Gobierno.

 

  • b) El Ministerio de Justicia.

 

  • c) El Ministerio de Asuntos Exteriores, en los casos previstos en esta ley, y, en todo caso, cuando intervinieran factores de política exterior.

 

  • d) El Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior, cuando el acto de cooperación afecte a sus competencias.

 

  • e) Los órganos judiciales de la jurisdicción ordinaria y, en particular, la Audiencia Nacional.

 

  • f) Los órganos judiciales militares y, en particular, el Tribunal Militar Central.

 

  • g) El Ministerio Fiscal.

 

 

Artículo 5 - De la representación y defensa procesal

 

1. La representación y defensa en juicio de España ante los órganos de la Corte corresponderá a los Abogados del Estado integrados en la Abogacía General del Estado y de acuerdo con las instrucciones impartidas conjuntamente, en cada caso, por el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Asuntos Exteriores. En los supuestos en que el procedimiento afecte a materias propias de algún departamento ministerial, se oirá a éste antes de impartir las citadas instrucciones.

 

2. El Gobierno, por motivos excepcionales y oído el Abogado General del Estado, podrá acordar que una persona, especialmente designada al efecto, actúe como agente de España en un determinado procedimiento ante los órganos de la Corte. La persona designada por el Gobierno asumirá en el desempeño de sus servicios las funciones de Abogado del Estado y se ajustará a las disposiciones que regulan el ejercicio de dichas funciones.

 

 

Artículo 6 - De los órganos de relación y consulta con la Corte

 

1. El Ministerio de Justicia es el único órgano de relación entre la Corte, por un lado, y los órganos judiciales y Ministerio Fiscal, por otro, sin perjuicio de las competencias del Ministerio de Asuntos Exteriores.

 

2. El Ministerio de Justicia es también el órgano de consulta con la Corte en los casos previstos en el Estatuto, debiendo informar previamente de cada consulta al Ministerio de Asuntos Exteriores. En el supuesto de que la consulta afecte a materias propias del ámbito competencial de los Ministerios del Interior o Defensa, recabará el informe de estos departamentos.

 

Cuando la consulta incluya, a juicio del Ministerio de Asuntos Exteriores, aspectos de política exterior, será éste el competente, en coordinación con el Ministerio de Justicia y, en su caso, con otros ministerios concernidos.


 



TEMARIO GUARDIA CIVIL ACTUALIZADO 2023. TEMA 1 (67). LO 18/2003, DE COOPERACIÓN CON LA CORTE PENAL INTERNACIONAL (2)


temario guardia civil gratis 2023


Tema 1 del Temario gratis para las Oposiciones Guardia Civil 2023 (DERECHOS HUMANOS). Continuamos con el estudio del punto 12 del TEMA 1 referente al LEY ORGÁNICA 18/2003, DE 10 DE DICIEMBRE, DE COOPERACIÓN CON LA CORTE PENAL INTERNACIONAL.


 

Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).



TEMA 1. DERECHOS HUMANOS



1.12. LEY ORGÁNICA 18/2003 DE 10 DE DICIEMBRE DE COOPERACIÓN CON LA CORTE PENAL INTERNACIONAL (2)


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

En virtud de la autorización concedida por la Ley Orgánica 6/2000, de 4 de octubre, España ratificó, por instrumento de 19 de octubre de 2000 (depositado el 25 de octubre), el Estatuto de la Corte Penal Internacional adoptado en Roma el 17 de julio de 1998. Dicho Estatuto entró en vigor, conforme a lo dispuesto en su artículo 126, el 1 de julio de 2002.

 

La estructura de esta ley, comparable a la que se siguió en la Ley Orgánica 15/1994, de 1 de junio, para la cooperación con el Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la ex-Yugoslavia, y en la Ley Orgánica 4/1998, de 1 de julio, para la cooperación con el Tribunal Internacional para Ruanda, parte del presupuesto del carácter autoejecutivo de numerosos preceptos del Estatuto de Roma, en condiciones de positividad que permiten su aplicación directa por los tribunales, en aquellos sistemas como el español, en los que los tratados pueden ser aplicados directamente cuando el contenido material de la norma internacional así lo permita.

 

En lógico desarrollo de ese planteamiento, la ley sólo regula aquellos aspectos orgánicos, procesales y procedimentales que permitan la aplicación concreta del Estatuto, evitando reproducir preceptos de éste que serían redundantes.

 

En el ámbito de las fuentes, se contemplan lógicamente, además del propio Estatuto y de esta ley, las demás leyes españolas aplicables, en lo que no esté regulado expresamente por ella. Además, habrán de tenerse en cuenta los acuerdos que puedan celebrarse entre España y la Corte, así como, en aquello que sea pertinente, las reglas de procedimiento y prueba de la Corte, que habrán de ser objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

 

La ley regula con particular cuidado el llamado «mecanismo de activación», a través de la denuncia por España de una situación que podría ser de la competencia de la Corte, configurándose como una competencia exclusiva del Gobierno en razón a las diversas variables de política exterior que deben ser ponderadas por el órgano constitucionalmente responsable de la política exterior.

 

La ley pone particular cuidado en la regulación de eventuales conflictos competenciales entre la Corte y los tribunales españoles, estableciéndose el deber del Ejecutivo de sostener la competencia española cuando ésta ha sido ejercida o se está ejerciendo, pero se establece un matiz o gradación en los deberes del Ejecutivo, inspirado en reciente doctrina tanto de la Sala Segunda como de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en orden al deber de recurrir o la facultad de hacerlo ante órganos judiciales externos. Cuando la causa se halla en un estadio inicial, en el momento procesal en que el Fiscal de la Corte reclama la competencia, el Gobierno tiene el deber de recurrir ante la Sala de Cuestiones Preliminares, pero cuando ésta ya se ha pronunciado sosteniendo la competencia de la Corte, el Gobierno tiene la facultad de apreciar soberanamente si se aquieta a esta decisión o interpone recurso ante la Sala de Apelaciones.

 

Un elemento significativo de esta ley es la entrega a la Corte de una persona reclamada por la misma, que resulta imprescindible, pues el Estatuto no permite dictar sentencias en rebeldía. Los preceptos del Estatuto y de las reglas de procedimiento y prueba son muy minuciosos y concordantes con el derecho interno español, por lo que esta ley sólo introduce los adecuados complementos. El aspecto más significativo se refiere al principio general que establece el Estatuto acerca de la obligatoriedad de decretar la prisión provisional, siendo excepción la libertad provisional, aunque no se establece un automatismo riguroso eliminando por completo la facultad de apreciación por el juez interno, sino solamente que examine y valore las recomendaciones de la Corte, tal y como establece el artículo 59.4 (1) del Estatuto. En orden a la entrega a la Corte, la característica principal es la limitación de los motivos de denegación de la solicitud, apartándose de los modelos clásicos en materia de extradición, ya que ni siquiera la existencia de cosa juzgada puede impedir la entrega, sin perjuicio de la valoración que, en su caso, pueda efectuar la Corte.

 

Junto al núcleo básico de la cooperación, constituido por la entrega a la Corte, la ley regula también diversos aspectos del auxilio judicial internacional, aunque teniendo en cuenta la precisión del Estatuto en la regulación de una variada tipología de comisiones rogatorias y otras formas de cooperación, ha parecido suficiente prever en la norma interna española mínimos complementos procesales.

 

La ejecución de las sentencias de la Corte, tanto en cuanto a las penas principales como en cuanto a las consecuencias accesorias y la reparación a las víctimas, es también objeto de regulación y, siguiendo la misma técnica legislativa, se introducen desarrollos normativos mínimos, siendo aplicables las normas generales y eventuales acuerdos con la Corte. En lo que concierne a las penas privativas de libertad, España ha formulado al ratificar el Estatuto una declaración expresando la disposición a recibir en España personas condenadas por la Corte, para cumplimiento de la condena, bajo determinados límites temporales, de acuerdo con la habilitación concedida por la disposición adicional única de la Ley Orgánica 6/2000, de 4 de octubre.

 

En el plano orgánico, se mantiene la competencia de la Audiencia Nacional para la cooperación pasiva concerniente a la entrega a la Corte, siendo competentes los restantes órganos judiciales, sea para la cooperación activa, sea para ciertos aspectos de la pasiva, como son las comisiones rogatorias, actos de notificación y otras formas de cooperación. En el orden político y administrativo, el Ministerio de Justicia es el órgano de relación con la Corte, sin perjuicio de tener que contar con el criterio del Ministerio de Asuntos Exteriores en los asuntos de su competencia.

 

La competencia para la entrega se residencia en el Juez Central de Instrucción de la Audiencia Nacional, con un recurso de apelación ante la Sala de lo Penal, con motivos tasados, tal y como está previsto en el artículo 790 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en el procedimiento abreviado. A diferencia del modelo que inspira la Ley de Extradición Pasiva de 1985, la intervención del Poder Ejecutivo es reducida, judicializándose todo el sistema y eliminándose las llamadas fases gubernativas, y dentro de esta fase judicial ahora única, se reducen los motivos de oposición a la solicitud de entrega.

 

(1) Al decidir la solicitud, la autoridad competente del Estado de detención examinará si, dada la gravedad de los presuntos crímenes, hay circunstancias urgentes y excepcionales que justifiquen la libertad provisional y si existen las salvaguardias necesarias para que el Estado de detención pueda cumplir su obligación de entregar la persona a la Corte. Esa autoridad no podrá examinar si la orden de detención fue dictada conforme a derecho con arreglo a los apartados a) y b) del párrafo 1 del artículo 58.

 

 



TEMARIO GUARDIA CIVIL ACTUALIZADO 2023. TEMA 1 (66). LO 18/2003, DE COOPERACIÓN CON LA CORTE PENAL INTERNACIONAL (1)


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Tema 1 del Temario gratis para las Oposiciones Guardia Civil 2023 (DERECHOS HUMANOS). Con esta entrega iniciamos el estudio del punto 12 del TEMA 1 referente al LEY ORGÁNICA 18/2003, DE 10 DE DICIEMBRE, DE COOPERACIÓN CON LA CORTE PENAL INTERNACIONAL.

 

Puedes acceder al ÍNDICE GENERAL DEL TEMARIO PARA LAS OPOSICIONES A GUARDIA CIVIL, y/o consultar en nuestra página las BASES DE LA CONVOCATORIA (En elaboración).



TEMA 1. DERECHOS HUMANOS



1.12. LEY ORGÁNICA 18/2003 DE 10 DE DICIEMBRE DE COOPERACIÓN CON LA CORTE PENAL INTERNACIONAL (1)


Tal y como ya hemos visto, el Estatuto de la Corte Penal Internacional fue adoptado por 120 Estados en Roma el 17 de julio 1998. Entre estos Estados se encontraba España, que lo ratificó el 24 de octubre de 2000. Dicho Estatuto entró en vigor el 1 de julio de 2002.


Desde la creación de la Corte Penal Internacional, nuestro país se ha situado entre los países más comprometidos con su labor. Con esta finalidad, las Cortes Generales aprobaron la Ley Orgánica 18/2003 de 10 de diciembre, de Cooperación con la Corte Penal Internacional.


La Ley de Cooperación con la Corte Penal Internacional regula los aspectos que permiten la aplicación concreta del Estatuto y la incorporación jurídica de España al sistema procesal y judicial de la Corte Penal Internacional.


De esta cooperación, uno de los aspectos más destacados, consiste en la petición por parte de la Corte Penal Internacional a los Estados para que los condenados a prisión cumplan la condena total o parcial en sus cárceles. Los Estados estudian estas peticiones y acceden o no a ellas. Este acuerdo, cuyo texto se corresponde a un modelo elaborado por la Corte, ordena el procedimiento de petición y de respuesta.


 

La Ley Orgánica 18/2003:

 

Publicada en BOE núm. 296 de 11 de Diciembre de 2003

Vigencia desde 12 de Diciembre de 2003

 

La Ley Orgánica 18/2003 consta de: 1 EXPOSICIÓN DE MOTIVOS, 25 Artículos, 3 Disposiciones Adicionales y 2 Disposiciones Finales.


Veamos más detalladamente la composición de la Ley Orgánica de Cooperación con la Corte Penal Internacional:

 

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Artículo 1:  Objeto y fuentes jurídicas.

Artículo 2:  De la cooperación pasiva.

Artículo 3:  De la cooperación activa.

Artículo 4:  De las autoridades competentes.

Artículo 5:  De la representación y defensa procesal.

Artículo 6:  De los órganos de relación y consulta con la Corte.

Artículo 7:  De la solicitud para iniciar una investigación por el Fiscal de la Corte.

Artículo 8:  Del requerimiento de inhibición al Fiscal de la Corte.

Artículo 9:  De la impugnación de la competencia de la Corte o de la admisibilidad de la causa.

Artículo 10:  De la inhibición de la jurisdicción española a favor de la Corte.

Artículo 11:  De la detención.

Artículo 12:  De la libertad provisional.

Artículo 13:  De la entrega simplificada.

Artículo 14:  De la orden de comparecencia de un imputado ante la Corte.

Artículo 15:  De la entrega a la Corte.

Artículo 16:  De las solicitudes concurrentes.

Artículo 17:  De los recursos.

Artículo 18:  De la entrega temporal a la Corte.

Artículo 19:  De las actuaciones posteriores a la entrega.

Artículo 20:  De otras formas de cooperación con la Corte.

Artículo 21:  De las personas sujetas a la jurisdicción de la Corte.

Artículo 22:  De la ejecución de las penas en España.

Artículo 23:  De las medidas de reparación.

Artículo 24:  De la intervención de España en calidad de «amicus curiae».

Artículo 25:  De la celebración del juicio y otras actuaciones procesales en España.


DISPOSICIONES ADICIONALES

Disposición adicional primera:  Reglas de procedimiento y prueba de la Corte.

Disposición adicional segunda:  Del modo de proceder por los delitos contra la Administración de Justicia por la Corte.

Disposición adicional tercera:  De los órganos jurisdiccionales militares.


DISPOSICIONES FINALES

Disposición final primera:  Carácter de esta ley.

Disposición final segunda:  Entrada en vigor.

 

 

JUAN CARLOS I REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren.

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica.




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TEMARIO GRATIS OPOSICIONES GUARDIA CIVIL 2023. Estamos publicando GRATIS Y ACTUALIZADO el Temario para CABOS Y GUARDIAS DE LA GUARDIA CIVIL. También publicaremos gratis TEST del Temario Oficial.


TEMARIO PARA LA INCORPORACIÓN A LA ESCALA DE CABOS Y GUARDIAS DE LA GUARDIA CIVIL 2023


En Test de Oposiciones Online estamos publicando, por entregas, el TEMARIO ACTUALIZADO PARA LAS OPOSICIONES GUARDIA CIVIL 2023, exponiendo así cada uno de los 25 TEMAS que lo integran, revisando y actualizando los Temas publicados hasta la fecha, e incluyendo los nuevos puntos del Temario tras el Comunicado de la Guardia Civil para las futuras Convocatorias. Ya hemos iniciado la publicación de los nuevos apartados y Temas del Temario actualizado.


Como ya sabrás, según la Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil por la que se modifica la Resolución de 26 de junio de 2019 que determina el temario de las convocatorias de los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, el Temario 2022 implica una serie de modificaciones que se resumen en los siguientes puntos:


  • Se suprimen los temas 19 (“Geografía e Historia”), 20 (“Literatura española”), 21 (“Matemáticas”) y 22 (“Física y Química”), así como el bloque 2 (“Estadística”) del tema 17 (“Materias técnico-científicas. Tecnologías de la información y la comunicación. Estadística”).
  • Se introducen nuevos contenidos en los temas 1 (“Derechos humanos”), 2 (“Igualdad”, que pasa a denominarse “Igualdad efectiva de mujeres y hombres”), 4 (“Derecho constitucional”), 5 (“Derecho de la Unión Europea”), 6 (“Instituciones internacionales”), 8 (“Derecho penal”), 9 (“Derecho procesal penal”), 10 (“Derecho administrativo”), 12 (“Extranjería. Inmigración”) y 15 (“Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Guardia Civil”).
  • Por último, se añaden 5 temas nuevos que pasan a ser los temas 19 (“Deontología profesional”), 20 (“Responsabilidad penal de los menores”), 21 (“Protección integral contra la violencia de género”), 22 (“Armas y explosivos”) y 23 (“Derecho fiscal”).


Estas modificaciones serán aplicables a los procesos selectivos que se convoquen a partir del año 2023.


Todas estas modificaciones para las Oposiciones Guardia Civil 2023, puedes verlas con detalle más abajo, tras el ÍNDICE DEL TEMARIO PARA LA PRESENTE CONVOCATORIA.


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También cuentas con diverso material de apoyo publicado en nuestro Blog para la preparación de tu Oposición, y al que puedes acceder al final de esta página (Test de Lengua Española, Ortografía, Ejercicios Psicotécnicos, Test de Constitución Española...).



Veamos ahora los TEMAS Y BLOQUES DEL TEMARIO GUARDIA CIVIL 2023:

Si no deseas leer todo el Índice del Temario, puedes acceder directamente al inicio del mismo:






ÍNDICE DEL TEMARIO PARA LA INCORPORACIÓN A LA ESCALA DE CABOS Y GUARDIAS DE LA GUARDIA CIVIL 2023

TEMA 1. DERECHOS HUMANOS

Bloque único. Derechos Humanos.



TEMA 2. IGUALDAD EFECTIVA DE MUJERES Y HOMBRES.

Bloque único. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.



TEMA 3. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

Bloque único. Prevención de riesgos laborales.



TEMA 4. DERECHO CONSTITUCIONAL.

BLOQUE 1. La Constitución Española de 1978.

BLOQUE 2. Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo.

BLOQUE 3. Ley Orgánica 1/1982 de 5 de mayo sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. (NUEVO CONTENIDO 2023) ¡EN ELABORACIÓN!



TEMA 5. DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA.

Bloque 1. Tratado de la Unión Europea.

Bloque 2. Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.



TEMA 6. INSTITUCIONES INTERNACIONALES.

Bloque único. Instituciones internacionales (evolución histórica, ámbito geográfico, estructura y funciones).



TEMA 7. DERECHO CIVIL. ¡EN ELABORACIÓN!

Bloque único. Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil:



TEMA 8. DERECHO PENAL. ¡EN ELABORACIÓN!

Bloque único. Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.



TEMA 9. DERECHO PROCESAL PENAL. ¡EN ELABORACIÓN!

Bloque 1. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882, aprobatorio de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.


Bloque 2. Ley Orgánica 6/1984, de 24 de mayo, reguladora del procedimiento de “Habeas Corpus”.


Bloque 3. Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.


Bloque 4. Real Decreto 769/1987, de 19 de junio, sobre regulación de la Policía Judicial.


Bloque 5. Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito. (NUEVO CONTENIDO 2023) ¡EN ELABORACIÓN!



TEMA 10. DERECHO ADMINISTRATIVO. ¡EN ELABORACIÓN!

Bloque 1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Bloque 2. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del sector público.



TEMA 11. PROTECCIÓN DE DATOS. ¡EN ELABORACIÓN!

Bloque único. Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. (MODIFICACION 2023)



TEMA 12. EXTRANJERÍA. INMIGRACIÓN. ¡EN ELABORACIÓN!

Bloque único.



TEMA 13. SEGURIDAD PÚBLICA Y SEGURIDAD PRIVADA.  ¡EN ELABORACIÓN!

Bloque 1. Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.


Bloque 2. Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.



TEMA 14. MINISTERIO DEL INTERIOR. MINISTERIO DE DEFENSA. ¡EN ELABORACIÓN!

Bloque 1. Estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.

Bloque 2. Estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa.



TEMA 15. FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD. GUARDIA CIVIL. ¡EN ELABORACIÓN!

Bloque 1. Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.


Bloque 2. Ley Orgánica 29/2014, de 28 de noviembre, de régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil.

Bloque 3. Estructura orgánica de los Servicios Centrales de la Dirección General de la Guardia Civil.


Bloque 4. Historia de la Guardia Civil.

Bloque 5. Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil. (NUEVO CONTENIDO 2023) ¡EN ELABORACIÓN!



TEMA 16. MATERIAS SOCIO-CULTURALES: PROTECCIÓN CIVIL. DESARROLLO SOSTENIBLE. EFICIENCIA ENERGÉTICA. ¡EN ELABORACIÓN!

Bloque 1. Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil.


Bloque 2. Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.


Bloque 3. Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética:



TEMA 17. MATERIAS TÉCNICO-CIENTÍFICAS: TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN. ESTADÍSTICA. ¡EN ELABORACIÓN!

Bloque 1. Sistemas de Telecomunicaciones.

Bloque 2. Técnicas criptográficas y Mecanismos de firma digital.

Bloque 3. Principios y recomendaciones básicas en Ciberseguridad del CCN-CERT.

Bloque 4. Sistemas de Información.


Bloque 2. ESTADÍSTICA.

  • Población e individuo. Muestra. Variables estadísticas. Variables cualitativas y cuantitativas. Frecuencias absolutas y relativas. Organización en tablas de datos recogidos en una experiencia. Diagramas de barras, y de sectores. Polígonos de frecuencias. Medidas de tendencia central. Medidas de dispersión. Fenómenos deterministas y aleatorios. Formulación de conjeturas sobre el comportamiento de fenómenos aleatorios sencillos y diseño de experiencias para su comprobación. Frecuencia relativa de un suceso y su aproximación a la probabilidad mediante la simulación o experimentación. Sucesos elementales equiprobables y no equiprobables. Espacio muestral en experimentos sencillos. Tablas y diagramas de árbol sencillos. Cálculo de probabilidades mediante la regla de Laplace en experimentos sencillos.

TEMA 18. TOPOGRAFÍA. ¡EN ELABORACIÓN!

Bloque único. Topografía.


TEMA 19. GEOGRAFÍA E HISTORIA.

Bloque 1. El medio físico.

Bloque 2. El espacio humano.

Bloque 3. La Historia.

Bloque 4. El siglo XVIII en Europa hasta 1789.

Bloque 5. La Era de las Revoluciones liberales.

Bloque 6. La Revolución Industrial.

Bloque 7. El Imperialismo del siglo XIX y la Primera Guerra Mundial.

Bloque 8. La época de “Entreguerras” (1919-1945).

Bloque 9. Las causas y consecuencias de la Segunda Guerra Mundial (1939-1945).

Bloque 10. La estabilización del Capitalismo y el aislamiento económico del Bloque Soviético.

Bloque 11. El mundo reciente entre los siglos XX y XXI.

Bloque 12. La Revolución Tecnológica y la Globalización a finales del siglo XX y principios del XXI.

Bloque 13. La relación entre el pasado, el presente y el futuro a través de la Historia y la Geografía



TEMA 19. DEONTOLOGÍA PROFESIONAL. (NUEVO CONTENIDO 2023) ¡EN ELABORACIÓN!

Bloque 1. Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, adoptados por el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre la prevención del delito y tratamiento del delincuente (La Habana, del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990).

Bloque 2. Real Decreto 176/2022, de 4 de marzo, por el que se aprueba el código de conducta del personal de la Guardia Civil.



TEMA 20. LITERATURA ESPAÑOLA.

Bloque único. Géneros literarios y obras más representativas de la literatura española de la Edad Media al Siglo de Oro (renacimiento y barroco).



TEMA 20. RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS MENORES (NUEVO CONTENIDO 2023) ¡EN ELABORACIÓN!

Bloque único. Ley Orgánica 5/2000 de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores.



TEMA 21. MATEMÁTICAS.

Bloque 1. Procesos, métodos y actitudes en matemáticas.

  • Planificación del proceso de resolución de problemas. Estrategias y procedimientos puestos en práctica: uso del lenguaje apropiado (gráfico, numérico, algebraico, etc.), reformulación del problema, resolver subproblemas, recuento exhaustivo, empezar por casos particulares sencillos, buscar regularidades y leyes, etc. Reflexión sobre los resultados: revisión de las operaciones utilizadas, asignación de unidades a los resultados, comprobación e interpretación de las soluciones en el contexto de la situación, búsqueda de otras formas de resolución, etc. Planteamiento de investigaciones matemáticas escolares en contextos numéricos, geométricos, funcionales, estadísticos y probabilísticos. Práctica de los procesos de matematización y modelización, en contextos de la realidad y en contextos matemáticos.

Bloque 2. Números y Álgebra.

  • Divisibilidad de los números naturales. Criterios de divisibilidad. Números primos y compuestos. Descomposición de un número en factores primos. Múltiplos y divisores comunes a varios números. Máximo común divisor y mínimo común múltiplo de dos o más números naturales. Números negativos. Significado y utilización en contextos reales. Números enteros. Representación, ordenación en la recta numérica y operaciones. Operaciones con calculadora. Fracciones en entornos cotidianos. Fracciones equivalentes. Comparación de fracciones. Representación, ordenación y operaciones. Números decimales. Representación, ordenación y operaciones. Relación entre fracciones y decimales. Conversión y operaciones. Significados y propiedades de los números en contextos diferentes al del cálculo: números triangulares, cuadrados, pentagonales, etc. Potencias de números enteros y fraccionarios con exponente natural. Operaciones. Potencias de base 10. Utilización de la notación científica para representar números grandes. Cuadrados perfectos. Raíces cuadradas. Estimación y obtención de raíces aproximadas. Jerarquía de las operaciones. Cálculos con porcentajes (mental, manual, calculadora). Aumentos y disminuciones porcentuales. Razón y proporción. Magnitudes directa e inversamente proporcionales. Constante de proporcionalidad. Resolución de problemas en los que intervenga la proporcionalidad directa o inversa o variaciones porcentuales. Repartos directa e inversamente proporcionales. Elaboración y utilización de estrategias para el cálculo mental, para el cálculo aproximado y para el cálculo con calculadora u otros medios tecnológicos. Iniciación al lenguaje algebraico. Traducción de expresiones del lenguaje cotidiano, que representen situaciones reales, al algebraico y viceversa. El lenguaje algebraico para generalizar propiedades y simbolizar relaciones. Obtención de fórmulas y términos generales basada en la observación de pautas y regularidades. Valor numérico de una expresión algebraica. Operaciones con expresiones algebraicas sencillas. Transformación y equivalencias. Identidades. Operaciones con polinomios en casos sencillos. Ecuaciones de primer grado con una incógnita (métodos algebraico y gráfico) y de segundo grado con una incógnita (método algebraico). Resolución. Interpretación de las soluciones. Ecuaciones sin solución. Resolución de problemas. Sistemas de dos ecuaciones lineales con dos incógnitas. Métodos algebraicos de resolución y método gráfico. Resolución de problemas.

Bloque 3. Geometría.

  • Elementos básicos de la geometría del plano. Relaciones y propiedades de figuras en el plano: Paralelismo y perpendicularidad. Ángulos y sus relaciones. Construcciones geométricas sencillas: mediatriz, bisectriz. Propiedades. Figuras planas elementales: triángulo, cuadrado, figuras poligonales. Clasificación de triángulos y cuadriláteros. Propiedades y relaciones. Medida y cálculo de ángulos de figuras planas. Cálculo de áreas y perímetros de figuras planas. Cálculo de áreas por descomposición en figuras simples. Circunferencia, círculo, arcos y sectores circulares. Triángulos rectángulos. El teorema de Pitágoras. Justificación geométrica y aplicaciones. Semejanza: figuras semejantes. Criterios de semejanza. Razón de semejanza y escala. Razón entre longitudes, áreas y volúmenes de cuerpos semejantes. Poliedros y cuerpos de revolución. Elementos característicos, clasificación. Áreas y volúmenes. Propiedades, regularidades y relaciones de los poliedros. Cálculo de longitudes, superficies y volúmenes del mundo físico. Uso de herramientas informáticas para estudiar formas, configuraciones y relaciones geométricas.

Bloque 4. Funciones.

  • Coordenadas cartesianas: representación e identificación de puntos en un sistema de ejes coordenados. El concepto de función: Variable dependiente e independiente. Formas de presentación (lenguaje habitual, tabla, gráfica, fórmula). Crecimiento y decrecimiento. Continuidad y discontinuidad. Cortes con los ejes. Máximos y mínimos relativos. Análisis y comparación de gráficas. Funciones lineales. Cálculo, interpretación e identificación de la pendiente de la recta. Representaciones de la recta a partir de la ecuación y obtención de la ecuación a partir de una recta. Utilización de calculadoras gráficas y programas de ordenador para la construcción e interpretación de gráficas.


TEMA 21. PROTECCIÓN INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO. (NUEVO CONTENIDO 2023) ¡EN ELABORACIÓN!

Bloque único. Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre de Mecanismos de protección integral contra la violencia de género.



TEMA 22. FÍSICA Y QUÍMICA.

Bloque 1. La actividad científica.

  • El método científico: sus etapas. Medida de magnitudes. Sistema Internacional de Unidades. Notación científica. Utilización de las Tecnologías de la Información y la Comunicación. El trabajo en el laboratorio. Proyecto de investigación.

Bloque 2. La materia.

  • Propiedades de la materia. Estados de agregación. Cambios de estado. Modelo cinético-molecular. Leyes de los gases Sustancias puras y mezclas. Mezclas de especial interés: disoluciones acuosas, aleaciones y coloides. Métodos de separación de mezclas. Estructura atómica. Isótopos. Modelos atómicos. El Sistema Periódico de los elementos. Uniones entre átomos: moléculas y cristales. Masas atómicas y moleculares. Elementos y compuestos de especial interés con aplicaciones industriales, tecnológicas y biomédicas. Formulación y nomenclatura de compuestos binarios siguiendo las normas IUPAC.

Bloque 3. Los cambios.

  • Cambios físicos y cambios químicos. La reacción química. Cálculos estequiométricos sencillos. Ley de conservación de la masa. La química en la sociedad y el medio ambiente.

Bloque 4. El movimiento y las fuerzas.

  • Las fuerzas. Efectos Velocidad media, velocidad instantánea y aceleración. Máquinas simples. Fuerzas de la naturaleza.

Bloque 5. Energía.

  • Energía. Unidades. Tipos Transformaciones de la energía y su conservación. Energía térmica. El calor y la temperatura. Fuentes de energía. Uso racional de la energía. Electricidad y circuitos eléctricos. Ley de Ohm. Dispositivos electrónicos de uso frecuente. Aspectos industriales de la energía.


TEMA 22. ARMAS Y EXPLOSIVOS. (NUEVO CONTENIDO 2023) ¡EN ELABORACIÓN!

Bloque 1. Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.

Bloque 2. Real Decreto 130/2017, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos.



TEMA 23. DERECHO FISCAL. (NUEVO CONTENIDO 2023) ¡EN ELABORACIÓN!

Bloque 1. Represión del contrabando.

Bloque 2. Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión.

  • TÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES.
  • TÍTULO III. VALOR EN ADUANA DE LAS MERCANCÍAS.
  • TÍTULO VI. DESPACHO A LIBRE PRÁCTICA Y EXENCIÓN DE DERECHOS DE IMPORTACIÓN.
  • TÍTULO VII. REGÍMENES ESPECIALES.
  • TÍTULO VIII. SALIDA DE MERCANCÍAS SACADAS DEL TERRITORIO ADUANERO DE LA UNIÓN.


  • TEMA 24. INGLÉS.

    Bloque único. Prueba de comprensión escrita y ortografía sobre un texto en inglés, de acuerdo al programa de ESO descrito en el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, junto con sus modificaciones posteriores.



    TEMA 25. LENGUA ESPAÑOLA.

    Bloque 1. Prueba de ortografía, en la que el opositor debe discernir entre las formas correctas e incorrectas de las expresiones que se le planteen.

    Bloque 2. Prueba de gramática, sobre aspectos morfológicos y sintácticos, en la que el opositor debe discernir entre las formas correctas e incorrectas de las expresiones que se le planteen.







    Gracias por confiar en nosotros. Un afectuoso saludo:

    Ángeles López Fraga (Propietaria de Test de Oposiciones Online).




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